Corte pasará a cuentagotas dinero para pensiones de costarricenses más pobres

Aunque en el 2017 el Poder Judicial certificó que existían ¢10.000 millones abandonados en cuentas judiciales, ahora dice que deben emitirse resoluciones judiciales que permitan ratificar de nuevo ese abandono

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La Corte Suprema de Justicia trasladará, a cuentagotas y cada seis meses, el dinero que obligatoriamente tiene que entregarle al Régimen No Contributivo de Pensiones (RNC) de la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS), por mandato de la ley 9578, vigente desde julio del 2018.

Así lo anunció el Poder Judicial a través de un comunicado de prensa, este jueves, luego de que la diputada liberacionista Silvia Hernández exigiera cuentas por el cumplimiento de ese mandato legal.

Este miércoles, la jefa de la fracción del Partido Liberación Nacional (PLN) cuestionó que, del total de dinero que la Corte tiene en una cuenta en el Banco de Costa Rica (BCR) por procesos abandonados o fenecidos, apenas se haya girado poco más de ¢7 millones al RNC, destinado a personas pobres.

"El Poder Judicial tiene que explicar cómo es posible que, de montos que supuestamente ya estaban listos para trasladar, solo llegan ¢7 millones, algo que no puedo ni creer. Puede ser que me equivoque, pero estoy señalando lo que dicen los oficios de ellos", comentó Hernández.

A mediados del año pasado, la Asamblea Legislativa aprobó un proyecto de ley que ordena a la Corte traspasarle al RNC la suma de los depósitos de personas que estaban en juicio y que, al cabo de diez años, nunca reclamaron el dinero.

Hernández recordó que, ya desde agosto del 2017, el Poder Judicial le certificó a la entonces legisladora Sandra Piszk que existían en cuentas del BCR de los diferentes juzgados ¢10.343 millones de depósitos judiciales en abandono.

Ese monto proviene de ¢6.202 millones correspondiente a lo depositado originalmente a raíz de más de 200 mil expedientes y ¢4.141 millones generados por concepto de intereses.

A pesar de que ya existía una certificación firmada por Ana Eugenia Romero Jenkins, directora ejecutiva del Poder Judicial, de agosto del 2017, ahora esa institución informa que es necesario hacer "una revisión exhaustiva del estado procesal de los expedientes para que de manera indubitable se le otorgue la categoría de depósito en abandono o fenecido".

El primer depósito hecho en la cuenta del Régimen No Contributivo correspondía a ¢7,2 millones y se hizo en enero de este año, seis meses después de la entrada en vigencia de la ley.

"Para determinar la condición de 'abandonado o fenecido' que establece la ley 9578, se requiere del estudio de cada uno de los expedientes que tienen asociados esos depósitos por parte de los despachos judiciales y que se emitan las resoluciones judiciales para el traslado al Régimen no Contributivo de la CCSS", anunció el Poder Judicial a través de un comunicado de prensa.

Aunque el monto informado al Congreso en el marco del trámite de la ley eran los ¢10.000 millones, el segundo tracto que anunció el Poder Judicial asciende a solamente ¢70 millones.

En su alegato, la Corte respondió que la ley prevé que esa labor sea permanente y que los recursos se estarán trasladando cada seis meses.

Sin embargo, la ley establecía, en su artículo transitorio, que el dinero ya certificado a la entrada en vigencia de la norma (julio del 2018) como abandonado o fenecido debía trasladarse de una vez al RNC.

De hecho, se le fijó un plazo de seis meses a la Unidad Macro Proceso Financiero Contable y la Dirección Ejecutiva del Poder Judicial para que consolidara y registrara toda la información de los expedientes con más de 10 años y que tuvieran depósitos asociados en abandono.

Dentro de esos mismos seis meses, la Corte Suprema de Justicia tenía la obligación de girar la orden a los bancos donde estuvieran esos dineros para que los entregaran en favor de las pensiones de los costarricenses más pobres.

La interpretación hecha por el Poder Judicial es otra. Básicamente, asegura que irá girando resoluciones específicas sobre 200.000 depósitos que se han realizado y entregando la plata cada seis meses.

Las pensiones del RNC tienen carácter asistencial del Estado y se conceden sin necesidad de que la persona haya cotizado al régimen. Su objetivo principal es el de proteger a las personas en estado de necesidad o de amparo económico inmediato y que no califiquen en alguno de los demás regímenes existentes.

Sus beneficiarios son, principalmente, adultos mayores, personas cuya discapacidad no les permita trabajar, menores de edad huérfanos de ambos padres, o bien huérfanos entre los 18 y 21 años, que estén estudiando, además de las viudas entre 55 y 65 años en desamparo económico o con hijos menores de 21 años que estén estudiando, y los indigentes.