Corte IDH da 7 días a Costa Rica para explicar fallo contra la FIV

Jueces pidieron al Estado una copia de resolución de la Sala Constitucional

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La Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) le pidió a Costa Rica explicar por qué la Sala IV anuló el decreto que pretendía regular la fertilización in vitro (FIV) en el país.

La mañana de este jueves, los abogados de las parejas afectadas por la prohibición de la FIV en Costa Rica presentaron un escrito para solicitarle a la Corte IDH que anule la resolución de la Sala IV y que reconozca el decreto ejecutivo como un instrumento válido para regular la técnica reproductiva en el país.

En respuesta a la solicitud de los abogados, la Secretaría de la Corte IDH le concedió una semana –hasta el jueves 11 de febrero– al Estado costarricense y a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) para que presenten sus observaciones sobre la decisión de la Sala Constitucional, que dejó sin efecto el decreto ejecutivo.

La presidencia de la Corte IDH también pidió al Estado que aporte una copia de la resolución de la Sala IV, o bien, el comunicado de prensa en el cual se explican las razones para anular el decreto.

El abogado de las parejas del caso FIV contra Costa Rica, Boris Molina, dijo: “Estamos sumamente contentos con esta resolución de la Corte Interamericana, porque evidentemente le está diciendo al Estado que tiene que responder en forma ágil e inmediata este tema. El Estado no significa el Poder Ejecutivo. La Sala Constitucional tendrá que darle explicaciones a la Corte Interamericana antes del 11 de febrero, eso es lo que tiene que hacer el Poder Ejecutivo, pasarle la bola a la Sala Constitucional para que responda por su absurda y arbitraria resolución”, afirmó.

Anulación del decreto. Este miércoles 3 de febrero, la Sala IV anuló el decreto emitido por el presidente Luis Guillermo Solís, que pretendía regular nuevamente la FIV en el país y cumplir con la sentencia de la Corte IDH.

El gobernante emitió ese decreto ante la reiterada resistencia de varios diputados a promulgar una ley para regular la técnica, pese a que la Corte IDH emitió la sentencia hace tres años.

Los magistrados decidieron traerse abajo el decreto pues consideran que los derechos fundamentales –como lo es el derecho a la vida– no se pueden regular mediante un decreto y solo se pueden normar con una ley.

Solís firmó el decreto el 11 de setiembre del 2015. La norma entró a regir el 10 de octubre.

Un mes después de firmado el decreto, el 11 de setiembre, la Sala IV –en una votación dividida de sus magistrados– decidió acoger para estudio una acción de inconstitucionalidad presentada por un grupo de diputados.

Los jueces de la Corte IDH se reunirán entre el 15 de febrero y el 2 de marzo para deliberar sobre distintos casos, entre los que se encuentra el informe de cumplimiento de sentencia. La jueza costarricense Elizabeth Odio, quien inició funciones en la Corte IDH el 1.° de enero , no participará en la decisión del caso FIV.

Esta fue la notificación de la Corte IDH al Estado y a los abogados de las parejas del caso FIV, Hubert May y Boris Molina.