Contralora avala equiparar cuotas patronales del Estado, pero advierte deficiencias en proyecto

Marta Acosta señaló que hay parámetros muy laxos que podrían revertir reformas que se habían hecho para contribuir a la sostenibilidad de regímenes como el del Poder Judicial

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La contralora general de la República, Marta Acosta, se manifestó a favor del proyecto de ley que busca equiparar las cuotas patronales que el Estado aporta a los regímenes de pensiones, pero advirtió de que la iniciativa legal tiene varias deficiencias.

Se trata del expediente 23.733, presentado por la diputada Pilar Cisneros, cuyo objetivo es reducir la contribución que hace el Estado, como patrono, a los regímenes del Poder Judicial y del Magisterio.

Acosta presentó el criterio de la CGR ante la Comisión de Gobierno y Administración, el miércoles pasado.

El proyecto propone reducir gradualmente el aporte patronal para las pensiones del Poder Judicial de un 14,36% a un 5,75% del salario en un plazo de 35 años, a partir del momento en que las jubilaciones en curso estén financiadas.

En el caso del Régimen de Capitalización Colectiva del Magisterio Nacional (RCC), la contribución bajaría de un 6,75% a un 5,75% en diez años. La idea es equiparar estos aportes con los del régimen de Invalidez, Vejez y Muerte (IVM) de la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS).

“La Contraloría comparte la preocupación del proyecto sobre la inequidad existente entre los distintos regímenes de pensiones, siendo que el tratamiento de los trabajadores debe ser equitativo, con variaciones que solo puedan fundamentarse en la solidaridad social y la progresividad”, dijo la jerarca.

Aunque alegó que no tiene estudios puntuales que determinen lo que el Estado se podría ahorrar, la contralora puso como ejemplo que, de aplicar los ahorros a la estructura presupuestaria de este 2023, habría una reducción de ¢25.000 millones en la contribución patronal a fondos, en el caso del Poder Judicial, y ¢11.000 millones en el caso del Magisterio.

“Esto es solo un ejemplo ilustrativo”, dijo. Insistió en que el proyecto requiere mejoras en artículos que permitirían a las juntas administradoras de los fondos de pensiones definir, vía reglamento, los requisitos para obtener beneficios.

Marta Acosta recordó que la Sala Constitucional había calificado de inconstitucional el artículo 239 de la Ley orgánica del Poder Judicial, el cual establecía que la Junta Administradora del Fondo de Pensiones y Jubilaciones del Poder Judicial tenía amplias potestades para modificar prácticamente todos los parámetros del régimen.

Esos ajustes solo se pueden hacer por ley.

En ese sentido, la Contraloría señaló que el plan introduciría parámetros laxos que “podrían revertir modificaciones realizadas previamente para contribuir a la sostenibilidad del régimen judicial”.

“Se sugiere mantener la definición, por ley, de aquellas condiciones esenciales y conservar las funciones de la Junta en su carácter de administradora del régimen”, advirtió Acosta.

Por otra parte, la funcionaria sugirió a los miembros de la Comisión de Gobierno que ellos definan, vía ley, el máximo de la tasa de reemplazo, que es el monto de pensión que recibe la persona, estimado como un porcentaje de su salario promedio en la vida laboral.

Además, recomendó que los porcentajes actuales no puedan ser aumentados y que esa potestad no esté en manos de la junta administradora del régimen.

La propuesta de Cisneros es elevar el máximo de la tasa de reemplazo del 80% al 100% y que sea la junta la que defina los beneficios individualizados por viudez, orfandad y otros.

La contralora también advirtió de que es necesario que se realicen análisis de manera permanente, para implementar la gradualidad en cuanto a la contribución patronal a los regímenes, así como para velar por la estabilidad de ambos.

Por último, Marta Acosta pidió incorporar criterios de transparencia en la información presupuestaria de los regímenes de jubilación, con el objetivo que se incluya información sobre la recaudación por cuotas y los beneficios concedidos, tal como lo considera el régimen del IVM.

Además, la contralora detalló que, si bien se trata de un proyecto en la dirección correcta, se trata de un tema que va más allá de la reducción de la cuota patronal, pues eso no va a resolver la sostenibilidad a futuro de esos regímenes.

Días atrás, la Procuraduría General de la República hizo también sus advertencias sobre lo que consideran tres posibles roces con la Constitución Política.

El primer problema es que se les permitiría a los regímenes del Magisterio y el Poder Judicial modificar, vía reglamento, los parámetros que establece la ley; el segundo, que la reforma no puede desconocer el derecho de los pensionados de esos regímenes han consolidado a lo largo del tiempo.

En tercer lugar, se estableció que no existen estudios técnicos que justifiquen y respalden la reforma legal.