Abogado constitucionalista: El presidente no puede proponer al representante en OCDE

Ante el nombramiento de Ottón Solís por solicitud de Carlos Alvarado, el experto señala que la ley es clara en que el nombramiento solo puede ser propuesto por el Comex

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El abogado constitucionalista Rubén Hernández afirmó que, de acuerdo con la ley de adhesión a la OCDE, el presidente de la República no puede proponer al representante del país ante la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE).

En su criterio, la ley aprobada por los diputados y firmada por el propio mandatario Carlos Alvarado es vinculante en el sentido de que el designado únicamente debe ser propuesto por el Ministerio de Comercio Exterior (Comex).

No obstante, ante una propuesta del presidente Alvarado, el Consejo de Gobierno eligió y nombró el martes 6 de julio al político y economista Ottón Solís.

En la sesión de ese día, el ministro de Comercio Exterior, Andrés Valenciano, propuso el nombre de Manuel Tovar, actual representante ante la OCDE, con el fin de aprovechar el conocimiento acumulado en el cargo, pero el Consejo de Gobierno rechazó la recomendación y se inclinó por el planteamiento del gobernante.

Valenciano, incluso, votó en contra del nombramiento de Ottón Solís.

El abogado Rubén Hernández señaló que lo sucedido viola el artículo 4 de la ley, el cual dice que “el Consejo de Gobierno, por iniciativa del Ministerio de Comercio Exterior (Comex), designará al funcionario que representará al país ante dicha organización”.

“La ley no podría decir que quien elige es el Ministerio, porque siempre los embajadores los nombra el Consejo de Gobierno. Aquí lo que cambia, la innovación, es que quien puede proponer el nombre únicamente es el ministro, el presidente no puede proponer nombres.

“Lo que dice la ley es muy clara en el sentido de que tiene que ser propuesta de ministro (de Comex). Y, además, ahí mismo dice que va a formar parte de ese Ministerio, con lo cual excluye que forme parte del Ministerio de Relaciones Exteriores.

“Entonces, perfectamente alguien podría pensar que el nombramiento de los embajadores es para los que dependen del Ministerio de Relaciones Exteriores. Hasta eso podría pensarse”, declaró Hernández.

El experto añadió que la ley tampoco señala qué pasa si el Consejo de Gobierno rechaza la iniciativa del Comex sobre la persona que representará al país ante la OCDE: “No dice nada, nada más dice que la iniciativa viene de ahí. Entonces, pareciera que la ley quedó clara”.

“El interés del legislador es que siempre se elija alguien que venga recomendado por el Ministerio de Comercio Exterior. Si no viene recomendado por el Ministerio de Comercio Exterior, no pueden nombrarlo”

“Se podría recurrir a los tribunales en el sentido de que está mal elegido porque no fue propuesto por el ministro de Comercio Exterior”, agregó el abogado.