TSE analiza actuación de diputados

Este artículo es exclusivo para suscriptores (3)

Suscríbase para disfrutar de forma ilimitada de contenido exclusivo y confiable.

Subscribe

Ingrese a su cuenta para continuar disfrutando de nuestro contenido


Este artículo es exclusivo para suscriptores (2)

Suscríbase para disfrutar de forma ilimitada de contenido exclusivo y confiable.

Subscribe

Este artículo es exclusivo para suscriptores (1)

Suscríbase para disfrutar de forma ilimitada de contenido exclusivo y confiable.

Subscribe

El Tribunal Superior de Elecciones (TSE) estudiará las condiciones en que el Poder Ejecutivo designó a tres diputados en una comisión que indagará el Servicio Exterior costarricense para determinar si existe alguna incompatibilidad entre ambas funciones.

Así lo reconoció ayer el magistrado Juan Rafael Salas, secretario del TSE, quien explicó que ese organismo tomó esa determinación a raíz de una publicación aparecida ayer en el periódico La Nación en la cual el expresidente Mario Echandi Jiménez aseguró que la participación de los legisladores en ese grupo contraviene la prohibición que al respecto establece la Constitución Política en su artículo 111.

Dicha normativa establece: "Ningún diputado podrá aceptar, después de juramentado, bajo pena de perder su credencial, cargo o empleo de los otros poderes del Estado, o de las instituciones autónomas (...)"

A juicio del abogado Juan José Sobrado, experto en asuntos constitucionales, el problema es delicado y depende de si los congresistas están o no en condición de funcionarios del Poder Ejecutivo. Aseguró que no conoce específicamente las funciones que se le encomendaron a ese grupo.

Sobrado aseguró que todo debe resolverse con base en el artículo 111 de la Ley General de Administración Pública, el cual estipula lo siguiente: "Es servidor público la persona que presta servicios a la administración a nombre o por cuenta de esta, como parte de su organización, en virtud de un acto válido y eficaz de investidura, con entera independencia del carácter imperativo, representativo, remunerado, permanente o público de la actividad respectiva."

En la citada comisión fueron nombrados los diputados Manuel Barrantes, del PLN; Constantino Urcuyo, del PUSC, y Gerardo Trejos, de Fuerza Democrática. Para los dos últimos no existe incompatibilidad en la designación ya que no es un cargo remunerado, no hay toma de decisiones y no hay una relación laboral, únicamente se harán recomendaciones.