Sala IV dio aval al logotipo de la Presidencia al estimar que no modifica los símbolos patrios

Una mujer presentó un recurso de amparo contra el uso del ícono, pero los magistrados lo desestimaron

Este artículo es exclusivo para suscriptores (3)

Suscríbase para disfrutar de forma ilimitada de contenido exclusivo y confiable.

Subscribe

Ingrese a su cuenta para continuar disfrutando de nuestro contenido


Este artículo es exclusivo para suscriptores (2)

Suscríbase para disfrutar de forma ilimitada de contenido exclusivo y confiable.

Subscribe

Este artículo es exclusivo para suscriptores (1)

Suscríbase para disfrutar de forma ilimitada de contenido exclusivo y confiable.

Subscribe

La Sala Constitucional rechazó un recurso de amparo interpuesto por una ciudadana disconforme con la utilización del actual logotipo de la Presidencia de la República. Los magistrados estimaron que esa identidad gráfica propia del Gobierno no creó nuevos símbolos patrios ni modificó los existentes.

El Tribunal consideró que el logotipo no constituye ninguna variación de la bandera nacional, sino que únicamente se inspiró en los colores patrios.

Ante dicho panorama, se desestimó el recurso planteado, lo que legitima el uso del logo por parte del Gobierno. Así lo determinó la Sala Constitucional en una resolución del 22 de setiembre del 2015.

El fallo amplía que no existe una obligación para que el logotipo del Gobierno deba circunscribirse a alguno de los símbolos nacionales.

En un comunicado de prensa de Casa Presidencial se indica que, con base en ese fallo, "la Presidencia de la República utilizó tres rectángulos verticales, de colores rojo y azul sobre fondo blanco".