Rige pago de nuevo impuesto de $5 para personas que salgan del país por vía terrestre

Impuesto de $5 aprobado en julio se empezó a cobrar desde este lunes

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Tras la publicación este lunes de una resolución en La Gaceta, toda persona que salga del país por un puesto fronterizo terrestre debe llevar un comprobante de que pagó cinco dólares (¢2.521) por un impuesto de salida creado el 11 de julio de este año.

Este lunes la Dirección General de Tributación publicó en La Gaceta la resolución en la que informa que la cancelación de ese impuesto se puede hacer en cualquier banco del Sistema Bancario Nacional, mediante el documento de pago denominado "entero de Gobierno", en el que se debe incluir como concepto de pago la leyenda "impuesto de salida por vía terrestre".

Los viajeros deberán presentar en los puestos oficiales de la Dirección General de Migración y Extranjería el comprobante de pago.

La publicación aclara que la Ley N.° 9154 creó el impuesto el cual rige a partir de su publicación, pero como "es materialmente imposible la emisión de un reglamento simultáneamente a la promulgación de la ley, y dicho aspecto no fue considerado por el legislador, es necesario emitir una resolución general que, de manera transitoria, regule la forma de pago del impuesto".

El origen de ese impuesto está en la enmienda a un artículo de una convención sobre el comercio internacional de especies amenazadas de la fauna y flora silvestres que adoptó nuestro país desde 1983.

El pago lo deben hacer tanto los que viajen por trabajo, como por turismo, de manera que miles de costarricenses que cada año van en excursiones a Panamá y a Nicaragua deberán considerar la erogación del nuevo impuesto.

Carlos Vargas, director de Tributación, dijo que la resolución viene a regular el contenido del entero, sin embargo es algo transitorio ya que se está finiquitando un convenio con una entidad financiera del Estado para gestionar de manera más eficiente el cobro de ese impuesto que empezó a regir el 11 de julio.

Vargas no tiene cuantificado todavía cuánto se recaudará cada año por ese impuesto.

Nota: Esta información fue actualizada a las 6:55 p. m.