El Ministerio de Educación Pública otorgará vacaciones durante los días laborales lunes, martes y miércoles de la Semana Santa a los trabajadores de centros educativos, direcciones regionales y oficinas centrales, con excepción de las dependencias que por su naturaleza requieran mantenerse abiertas.
Jueves y Viernes Santos son feriados de ley.
La decisión se basa en el artículo 46 de la Convención Colectiva de Trabajo vigente en el MEP.
Según indicaron las autoridades mediante una circular, dichos días se computan a las vacaciones anuales y se deducen del total que corresponda a cada servidor o servidora, en el periodo 2014 -2015.
Melvin Jiménez dijo que vía decreto ejecutivo se establecerá que las instituciones públicas deben brindar sus servicios hasta el miércoles 1° de abril.
Solo podrán ausentarse los funcionarios que tengan días de vacaciones disponibles, previa aprobación de patrono inmediato.