MEP indemnizará con ¢1.500 millones a 54 transportistas de estudiantes

Contratistas presentaron reclamos administrativos por el ‘daño causado’ al no poder trabajar en el 2020, por la suspensión de clases presenciales debido a la pandemia

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El Ministerio de Educación Pública (MEP) deberá pagar una indemnización a 54 transportistas de estudiantes que presentaron un reclamo administrativo, por la suspensión de sus contratos, debido a la cancelación de las clases presenciales, el año pasado, por la pandemia de la covid-19.

El monto total que debe pagar es de ¢1.559 millones, cerca de ¢29 millones a cada uno, en promedio.

“Los reclamos administrativos fueron por el daño que les causó a los transportistas, el año pasado, la suspensión de clases presenciales. Reclamaron la inversión realizada, los costos fijos y operativos en los que incurrieron”, explicó Leonardo Sánchez, director de Programas de Equidad del MEP.

La indemnización contempla el servicio no prestado de mayo a diciembre del 2020 cuando no hubo del todo clases presenciales. En ese tiempo, el MEP no les realizó ningún tipo de pago.

Sánchez informó de que, a la fecha, se le ha pagado el reclamo a 10 de los 54 transportistas. Para ellos se han desembolsado ¢359 millones.

El resto, ¢1.200 millones, es lo que actualmente le están adeudando a 44 transportistas de estudiantes.

Sin dinero

La ministra de Educación, Giselle Cruz, y Leonardo Sánchez, fueron el miércoles anterior a una audiencia ante la Comisión legislativa de Asuntos Hacendarios, para defender un quinto presupuesto extraordinario, que incluya esos ¢1.200 millones que adeudan a esos 44 transportistas.

No son recursos nuevos, lo que piden es un traslado (o cambio de destino) de una partida dentro del presupuesto de transportes, para cumplir con el pago.

Según Sánchez, el pago se debe hacer por la suspensión de contrato a los transportistas, el cual fue solicitado el año anterior por la ministra Cruz cuando se dieron cuenta de que la suspensión de clases presenciales iba para largo por el desarrollo de la pandemia.

Se amparan en el artículo 210 de la Ley de Contratación Administrativa sobre la suspensión del contrato.

Ese artículo indica que la Administración, por motivos de interés público, institucional o causas imprevistas o imprevisibles, podrá suspender la ejecución del contrato hasta por seis meses como máximo, prorrogable por otro plazo igual.

“El contratista podrá reclamar a la Administración la indemnización de los daños que le provoque la suspensión contractual”, se establece en dicho apartado.

El MEP desembolsa, mensualmente, entre ¢4.500 millones y ¢5.000 millones para el traslado de 164.000 estudiantes de bajos recursos hacia sus centros educativos.

De momento, el Ministerio tiene dos modalidades de rutas adjudicadas para transportar a los estudiantes.

En total, existen 3.753 ruta, y un solo transportista puede tener varias rutas a cargo.

En 130 rutas (que son las adjudicadas a los 54 transportistas que presentaron el reclamo administrativo) es el MEP el que hace un contrato directo con los empresarios; el pago lo hace la institución.

El resto, 3.623, son los contratos privados que hacen los padres de familia con el transportista. El MEP traslada el dinero a las Juntas de Educación y estas hacen el pago.

En el caso de las 130 rutas adjudicadas, la suspensión del contrato acarrea una indemnización al transportista, previa documentación presentada de gastos y costos.