Aprobada ley de bienestar animal: penas por maltrato serán hasta de 3 años de cárcel

La iniciativa establece prisión de seis meses a tres años a quienes maltraten, cometan crueldad o causen la muerte a un animal

Este artículo es exclusivo para suscriptores (3)

Suscríbase para disfrutar de forma ilimitada de contenido exclusivo y confiable.

Subscribe

Ingrese a su cuenta para continuar disfrutando de nuestro contenido


Este artículo es exclusivo para suscriptores (2)

Suscríbase para disfrutar de forma ilimitada de contenido exclusivo y confiable.

Subscribe

Este artículo es exclusivo para suscriptores (1)

Suscríbase para disfrutar de forma ilimitada de contenido exclusivo y confiable.

Subscribe

Esta tarde, los diputados aprobaron en primer debate el proyecto de Ley de Bienestar Animal, que castiga con duras sanciones y hasta con tres años cárcel el maltrato de los animales o su muerte a propósito. De los 54 legisladores presentes, a las 5:57 p. m., 50 congresistas votaron a favor y cuatro en contra.

La iniciativa se votó luego de intensas negociaciones entre las fracciones a favor de la iniciativa y de aquellas que buscaron introducir un cambio de última hora, para evitar la penalización de la muerte de animales para el autoconsumo.

Entre las sanciones y penas que establece el proyecto, expediente legislativo 18.298, están la prisión de seis meses a tres años a quienes maten a propósito a un animale; de seis meses a dos años para las personas que cometan crueldad contra estos; y una sanción de 20 a 50 días de multa para quienes los maltraten (estos se transforman en multas de ¢282.000 a ¢707.000).

El proyecto avanzó al plenario a inicios de marzo, luego de dos años de discusiones y negociaciones con los sectores productivos opuestos a la creación de la ley, por supuestos temores vinculados al eventual endurecimiento de las normas para las actividades de cría y matanza de animales para consumo.

Paralelamente, la presión de las asociaciones de criadores de gallos trabó por varias semanas el proyecto, pues están en contra de que se penalicen con tres años de cárcel los espectáculos donde mueren estos animales de pelea, como quedó establecido en el proyecto.

Los galleros ni siquiera podrán organizar sus peleas de aves, pues esto les acarrearía una pena entre seis meses y dos años.

En cuanto a las actividades productivas que se benefician con la excepción de los castigos de esta iniciativa están las pesqueras, acuícolas, agropecuarias, zootécnicas, ganaderas o veterinarias, siempre que cumplan con la ley del Servicio Nacional de Salud Animal (Senasa).

LEA: 16 obligaciones y castigos que introduce la nueva Ley de Bienestar Animal

De igual forma, se salvan de las sanciones las actividades de mejoramiento o control fitosanitario, los motivos de piedad (muerte a animales enfermos de gravedad), el resguardo de cultivos o terrenos productivos, los fines de investigación que cumplan con la ley, el resguardo de la salud pública y la veterinaria.

Los espectáculos públicos o privados con animales (como los topes o corridas de toros), debidamente autorizados, tampoco serán castigados, así como la muerte de animales para "autoconsumo", tal como se estableció en los cambios de último minuto.

Entre las sanciones económicas, está la multa de ¢850.000 (dos salarios base) a quienes dejen heces de animales en la calle, por ejemplo de las mascotas luego de llevarlas a pasear.

Al igual que se castiga con cárcel a quienes promuevan u organicen peleas de animales, se sancionará a quien practique bestialismo, o sea, actos sexuales con animales.

El plan contempla la posibilidad de que los castigos de cárcel se sustituyan por alguna pena otra alternativa. En todo caso, en las penas menores a tres años, los jueces pueden otorgar a los sentenciados el beneficio de ejecución de condicional, con lo cual no van a prisión, si es la primera vez que cometen un delito y si muestran arrepentimiento. Si reinciden, pierden el beneficio.

Antes de este proyecto, las multas contra el maltrato animal eran insignificantes, de ¢100 por ejemplo.

El libertario Otto Guevara anunció que busca las firmas de siete legisladores más para enviar el proyecto de ley a consulta de la Sala Constitucional, porque asegura que hay "serias inconstitucionalidades", entre ellas que no se establece el ámbito de aplicación de la ley y que incluiría "animales invertebrados".

Según Guevara, la utilización de animales en las fincas para jalar tucas u otras labores del campo sería afectada por la entrada en vigencia de la iniciativa.

En contra votaron los libertarios Guevara, Natalia Díaz y José Alberto Alfaro, así como la liberacionista Aracelli Segura.

En la recta final, todas las fracciones acordaron introducir un cambio de consenso, el cual promovido principalmente por la Unidad Social Cristiana (PUSC) y algunos legisladores de Liberación Nacional (PLN).

La moción aclara que no se sancionará a quien le causare la muerte a un animal exclusivamente para el autoconsumo o familiar.

La frenteamplista Ligia Fallas estuvo a punto de frenar la votación porque estaba en desacuerdo con que se eliminara la sanción por comercializar animales matados para autoconsumo.