Exdictador Efraín Ríos Montt irá a juicio pero se libra de la cárcel

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Guatemala. ACAN-EFE. El exdictador guatemalteco José Efraín Ríos Montt (1982-1983) consiguió el martes esquivar la cárcel, pero no así la Justicia, ya que enfrentará un nuevo proceso “especial” por los delitos de genocidio y lesa humanidad.

El Tribunal B de Mayor Riesgo, que preside la jueza María Eugenia Castellanos, resolvió que continuará el juicio contra el exdictador el 11 de enero y rechazó, por enésima ocasión, los recursos planteados por la defensa para finalizar la “persecución penal” contra el general.

Sin embargo, este nuevo juicio especial que enfrentará Ríos Montt implica que, aunque sea hallado culpable de los delitos que se le imputan, solo se le podrán aplicar medidas “de seguridad y corrección” y no podrá, bajo ningún concepto, ir a prisión a cumplir su condena.

Este tipo de juicios se decretan cuando el acusado es declarado incompetente para entender o enfrentar un proceso en su contra, por lo que de ser encontrado culpable deberá cumplir condena en un hospital psiquiátrico, público o privado, o bien bajo arresto domiciliario, tal y como está en este momento.

Al exdictador, según la última evaluación médica realizada por especialistas designados por el Tribunal entre el 4 y el 11 de agosto, se le diagnosticó demencia vascular mixta irreversible , por lo que el Tribunal reconoció que su incapacidad estaba “comprobada” y no podía comparecer en un juicio oral público ordinario.

Por este motivo, Castellanos decidió realizar un proceso para “la aplicación exclusiva de medidas de seguridad y corrección” y designó a dos de los abogados de la defensa, Jaime Hernández y Luis Rosales, como sus representantes en el nuevo litigio, que empezará el 11 de enero.

Precisamente Hernández explicó que no están de acuerdo en que este Tribunal lleve el proceso y aseguró que está cometiendo “prevaricación” al emitir resoluciones “arbitrarias”.

Achacó esta situación a la jueza, a quien acusó de parcial y de no tomar en consideración a su defendido, ya que en base a su estado de salud debería cancelar el proceso.

Pero el Tribunal rechazó sus recusaciones y también resolvió que el nuevo proceso se realice “a puerta cerrada” y solo con la presencia de las víctimas que van a declarar, “sin intervención” de los medios de comunicación, tal y como establece la ley.

También ordenó investigar al médico tratante de Ríos Montt, Mario Bolaños, quien según el Tribunal pudo haber incurrido “en la posible comisión de un hecho delictivo” al haber administrado medicamentos no acordes con el diagnóstico del paciente.

El Tribunal declaró asimismo “sin lugar” la solicitud de separación del juicio, por lo que Ríos Montt, y su antiguo jefe de Inteligencia Militar, el general retirado José Rodríguez, serán procesados de manera conjunta.

Rodríguez fue absuelto de los cargos de genocidio y deberes contra la humanidad (delitos de lesa humanidad) en el 2013 como parte del primer proceso contra ambos exmilitares, sin embargo la sentencia quedó anulada ese mismo año.

Esta resolución tuvo un voto razonado de una de las magistradas de la instancia, quien, en su argumento, dijo que debido al estado de salud de Ríos Montt, se debería cancelar el proceso porque la incapacidad del acusado “no va a desaparecer”.

El abogado del Centro para la Acción Legal en Derechos Humanos (Caldh) , Héctor Reyes, uno de los querellantes adheridos al proceso, manifestó que presentarán una acción de amparo constitucional, dentro de los 30 días que establece la ley, para solicitar la separación de los procesos contra Ríos Montt y Rodríguez, ya que no siguen los mismos principios.

A su juicio, si no se realiza esta separación se están vulnerando “derechos constitucionales” y es importante evitar este extremo para que no se vuelva a anular una sentencia condenatoria, como en el 2013.

Ríos Montt, de 89 años, fue condenado el 10 de mayo del 2013 a 80 años de prisión al ser hallado culpable de la muerte de 1.771 indígenas ixiles, del departamento noroccidental de Quiché, a manos del Ejército durante su régimen de facto.

Sin embargo, diez días después la Corte de Constitucionalidad, máximo tribunal del país, anuló la sentencia por irregularidades en el proceso judicial.