Tributación amplía plazo para presentar el registro de accionistas 2024

Los obligados a presentar la declaración contarán con un mes más para presentar la información del registro de accionistas, el cual tiene un nuevo reglamento desde el pasado 8 de marzo

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La Dirección General de Tributación (DGT) del Ministerio de Hacienda cambió el plazo para presentar la declaración ordinaria del Registro de Transparencia y Beneficiarios Finales (RTBF), que estaba previsto para abril del 2024.

El cambio se hizo mediante la resolución MH-DGT-ICD-RES-0005-2024, que entró en vigor este 13 de marzo, según informó Grant Thornton, firma especializada en impuestos.

Con esta resolución, el nuevo plazo para presentar la declaración ordinaria correspondiente al año 2024 abarca desde el 1.° hasta el 31 de julio, inclusive. Anteriormente, el plazo era del 1.º al 30 de abril. Este cambio aplica, únicamente, para el periodo del 2024.

El Registro de Transparencia y Beneficiarios Finales, según el Ministerio de Hacienda, es un sistema informático desarrollado por el Banco Central de Costa Rica (BCCR) que permite a las personas jurídicas proporcionar información para registrar a sus participantes y beneficiarios finales, así como otra información relevante sobre personas físicas que facilite un control eficaz en la lucha contra el fraude fiscal, el lavado de dinero y el financiamiento del terrorismo.

El listado es obligatorio desde el 1.° de setiembre del 2019. Con su adopción, todas las entidades jurídicas inscritas en el país quedaron obligadas a revelar quienes son sus socios, llegando hasta los beneficiarios finales. Este proceso se fundamenta en el segundo capítulo de la Ley para Mejorar la Lucha contra el Fraude Fiscal.

Entre las entidades obligadas a presentar la información se encuentran las personas jurídicas con capital social vigente o que posean un número de cédula jurídica asignado por el Registro Nacional, los administradores de recursos de terceros, las organizaciones sin fines de lucro y los fideicomisos privados.

Por otro lado, están exentas de presentar información las sociedades cuyas acciones se cotizan en un mercado de valores organizado, los fideicomisos públicos, las entidades financieras supervisadas por la Superintendencia General de Entidades Financieras y la Superintendencia General de Valores o la Superintendencia General de Pensiones, así como las entidades públicas de cualquier poder del Estado.

Antes de la existencia de esta regulación, los registros de las sociedades podían ser completamente privados. Según Germán Morales, socio director de Grant Thornton, en el contexto de un sistema transparente, debe ser posible conocer a todos los socios y beneficiarios de una sociedad, siguiendo una recomendación de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) para Costa Rica.

El 8 de marzo, se publicó en La Gaceta el nuevo Reglamento del RTBF bajo el Decreto Ejecutivo N° 44390-H, que deroga el Decreto N° 41040-H del 5 de abril de 2018, vigente hasta la fecha y sujeto a diversas reformas, y compila en una sola norma la regulación sobre el Registro de Transparencia en los últimos años.

Grant Thornton explicó que el nuevo reglamento proporciona mayor información para las organizaciones sin fines de lucro, que siempre han estado incluidas, aunque su obligación está suspendida debido a la falta de implementación en el sistema de Central Directo.

La información relacionada con el RTBF debe ser presentada exclusivamente en la plataforma transaccional del Banco Central de Costa Rica, conocida como Central Directo, accesible en www.centraldirecto.fi.cr.