Hacienda mantendrá retención del 15% a intereses ganados por extranjeros

Medida se aplica desde el 2015 a la llamada 'banca maletín'

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San José.

El Ministerio de Hacienda mantendrá la retención del 15% de impuesto sobre la renta que aplica sobre las ganancias de los inversionistas extranjeros, en el mercado bursátil.

Helio Fallas, ministro de Hacienda, informó el pasado 24 de febrero, a la Superintendencia General de Valores (Sugeval), de que Tributación no aplicará el dictamen de la Procuraduría General de la República donde se sostiene que la tasa de cobro correcta es del 8%.

"Se estima que el contenido del dictamen C-036-2017, de fecha 18 de febrero del año en curso, tiene efecto vinculante para la Superintendencia General de Valores, no así para este Ministerio", detalló Fallas en el oficio DM-0348-2017.

LEA: Procuradoría cuestiona al fisco por retener 15% a intereses ganados por extranjeros.

El jerarca recalcó a la Sugeval que Hacienda mantiene el criterio del pago de 15% de renta a las ganancias de no domiciliados, pues así fue la voluntad legislativa cuando se reformó la Ley sobre Banca para el Desarrollo.

En el oficio de Hacienda se indica que Tributación aplicará la retención del 8% a los rendimientos de los títulos valores cuando el inversionista cumpla con la condición de ser residente o domiciliado en Costa Rica.

La decisión se ratificó pese a que Carlos Arias, jerarca de Sugeval, argumentó a Hacienda que los dictámenes de la Procuraduría son de acatamiento obligatorio.

En el dictamen C-036-2017, la PGR concluyó que el cobro del 15% de renta a los intereses generados por inversiones en títulos valores a no domiciliados en el país es incorrecta, y que la tasa es del 8%.

Tributación emitió una directriz, en el 2015, en la que estableció una tarifa de retención del 15% para los intereses o ganancias financieras de inversionistas extranjeros que no viven en Costa Rica.

El fisco fundamentó su decisión en la reforma a la Ley del Sistema de Banca para el Desarrollo que gravó a la llamada "banca maletín".

Sin embargo, la Procuraduría puntualizó que el cobro aplica a las instituciones bajo la vigilancia de la Superintendencia General de Entidades Financieras (Sugef) y no a los supervisados por la Sugeval.