Gobierno propone llevar el IVA al 15% en tres años

Tributo sería del 13% en primer año, 14% en el segundo y del 15% en el 2017

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En la propuesta de creación del IVA, Hacienda propone que solo los servicios médicos privados que incluyan una hospitalización o cirugía quedarán gravados con un 15%. Sofía Brenes, enfermera de la Clínica Bíblica, atendió a un recién nacido a mediados del 2013. | JORGE ARCE/ARCHIVO (Jorge ARCE / EF)

El Gobierno propuso ayer transformar el actual tributo de ventas de 13%, en un impuesto al valor agregado (IVA) que grave tanto bienes como servicios con una tasa del 15%.

La iniciativa del Ministerio de Hacienda establece un ajuste gradual. En el primer año, el impuesto sería del 13%, para el segundo, del 14% y del 15% para el 2017 si el plan se aprueba en la Asamblea Legislativa este año.

Fernando Rodríguez, viceministro de Hacienda, explicó que se eleva la tasa del IVA por la necesidad de recursos del Gobierno de reducir el déficit fiscal.

En el caso de la reforma a la Ley del Impuesto sobre la Renta, el plan incorpora dos nuevos tramos de pago para los trabajadores asalariados, así como para las pequeñas y medianas empresas (pymes).

Adicionalmente, las utilidades de las grandes cooperativas quedarían gravadas con 30% de renta y la cesantía de más de ocho años, con un 15%.

Con las modificaciones planteadas ayer, Hacienda prevé un incremento adicional de la recaudación de 2% del producto interno bruto (PIB); es decir, unos ¢600.000 millones. Con el IVA se recaudaría 1,4% de la producción y con los cambios en renta, 0,6%, detalló Rodríguez.

Alan Saborío, especialista en tributos de la firma Deloitte, dijo que la propuesta del impuesto al valor agregado es similar a la iniciativa del Gobierno anterior, excepto en la tasa del tributo.

Hacienda recibirá, hasta el próximo 27 de marzo, sugerencias a los proyectos planteados, por medio de correo electrónico y los remitiría a la Asamblea Legislativa entre el 13 y 17 de abril.

Detalle. El cambio más significativo con la creación del IVA es que se gravan los servicios profesionales, hasta ahora exentos.

Sin embargo, la iniciativa prevé excepciones de bienes y servicios que no pagarán el tributo.

Por ejemplo, el transporte público que tiene tarifas establecidas por la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos (Aresep) quedan exonerados del IVA.

Igual ocurre con las ventas de las empresas instaladas en las zonas francas, y las inversiones e intereses del sistema financiero.

Sin embargo, todas las actividades culturales, deportivas, artísticas, educativas y recreativas, con fines de lucro quedan gravadas en la propuesta de Hacienda.

En el caso de las actividades turísticas, el proyecto propone que durante el primer año de vigencia de la ley estén exonerados; pero para el segundo año tendrá una tarifa reducida del 5%, del 10% para el tercer año y al cuarto será del 15%.

Dicha gradualidad solo se aplica para los servicios registrados por el Instituto Costarricense de Turismo (ICT). Las actividades que estén fuera tributarán un IVA del 15% desde el primer año.

La Unión Costarricense de Cámaras y Asociaciones del Sector Empresarial Privado (Uccaep), comunicó ayer que hará una consulta entre sus afiliados para enviar las observaciones al plan. Hasta entonces compartirán su posición sobre las propuestas.

Impuesto al valor agregado.

-Bienes y servicios. Creación de una canasta básica tributaria que quedará exenta. Hacienda y Mideplan la definen.

-Salud. Se exoneran las medicinas y los servicios de salud privada, salvo la hospitalización y cirugía.

-Alquileres. Quedan exentos solo si la renta mensual es igual o inferior al salario base: ¢403.400.

-Electricidad. Quedan exonerados los consumos iguales o menores a 250 kWh; si supera eso, se grava todo.

-Agua. Consumo igual o menor a 40 metros cúbicos está exento, pero si supera ese consumo se grava todo. El agua envasada paga el IVA completo.

Impuesto sobre la renta.

-Cooperativas. Las cooperativas grandes pagarán un 30% de renta sobre sus utilidades. Quedan exentas las micro, pequeñas y medianas inscritas ante el Ministerio de Economía y las que se dediquen a la venta de energía y tengan precios regulados por Aresep.

-Cesantía. El pago de cesantía sobre el exceso de ocho años queda gravado con una tarifa del 15% de renta.

-Salarios. Se incorpora una escala progresiva de cuatro tramos para los trabajadores asalariados. Estas son del 10%, 15%, 20% y 25%. El patrono realizará la retención del impuesto cada mes. Fuente: Ministerio de Hacienda.