Contraloría amonesta a Alberto Dent, jerarca del Conassif, por omisión en declaración jurada

Ente contralor cuestionó que no informara de su participación en juntas directivas de sociedades mercantiles. Presidente del Conassif planteará un juicio contencioso

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La Contraloría General de la República (CGR) impuso una amonestación por escrito a Alberto Dent, presidente del Consejo Nacional de Supervisión del Sistema Financiero (Conassif), por no informar sobre su participación en juntas directivas de sociedades mercantiles en sus declaraciones juradas de bienes del 2020 y 2021.

“Que el señor (Alberto) Dent Zeledón omitiera declarar su participación en juntas directivas de sociedades mercantiles, en las que no es accionista, constituye un incumplimiento injustificado al ordenamiento jurídico, que es la falta cometida, la cual le genera responsabilidad y amerita una sanción como correctivo”, se indica en la resolución R-DC-00028-2023, firmada por Marta Acosta, contralora general.

En el oficio, del pasado 23 de marzo, Acosta resuelve un recurso de apelación en la que ratifica la presunta falta cometida por el jerarca del Conassif y ordena publicar la resolución en el diario oficial La Gaceta, según detalla en el documento del cual tiene copia La Nación.

Sin embargo, reduce la sanción a Dent a una amonestación, pues cuando se dictó una primera medida administrativa, en setiembre del 2022, se achacó al jerarca una culpa grave de suspensión sin goce de salario, dieta o estipendio de su cargo público por 15 días naturales.

El jerarca del Consejo confirmó a este diario que presentará un juicio contra la CGR, en la vía contenciosa administrativa, por la sanción que se le impuso.

Dent recalcó que la declaración jurada es de bienes patrimoniales y siempre la ha presentado así, desde que estuvo por primera vez en el Consejo, entre el 2006 y el 2011, y cuando fue ministro de Hacienda.

“Ahora alguien interpretó en la Contraloría que debo incluir en mi declaración aquellas juntas directivas de las que soy miembro, pero no que no tengo ni acciones ni poder. Entonces, si tengo una hermana con una sociedad y me pide que sea secretario, para mí no significa ninguna cuestión patrimonial. No me sentí obligado a reportarlo, ni nunca lo había hecho”, explicó.

El presidente del Conassif consideró que la CGR tiene una interpretación incorrecta de la legislación.

La Ley Contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública, aprobada en el 2004, impone a 21.000 funcionarios públicos la obligación de presentar cada año la declaración jurada de bienes.

Tienen el deber de presentar dicha información el presidente y sus ministros; los diputados, magistrados propietarios y suplentes, alcaldes, regidores, presidentes ejecutivos, gerentes y miembros de juntas directivas de entidades públicas; auditores y rectores universitarios.

En la lista también están incluidos los empleados de aduanas y aquellos funcionarios que tramitan licitaciones o administren fondos públicos, e incluso algunos sujetos privados que tengan esas labores.

Argumentos legales

El jerarca del Consejo subrayó a la CGR que el propósito de la declaración jurada es poner en evidencia las variaciones en el patrimonio de un funcionario público y el origen del mismo y determinar un eventual enriquecimiento ilícito irregular.

“Los puestos directivos en personas jurídicas en condiciones (de) no ser accionista, no realizar aportes en numerario o especie y no percibir dividendos, no son relevantes para determinar tales aumentos o variaciones indicativas de una eventual situación irregular (...).

“La declaración jurada de bienes, no se encuentra concebida para declarar aspectos o cuestiones no patrimoniales o sin repercusión sobre el patrimonio del funcionario público”, argumentó Dent en el alegato enviado a la Contraloría.

En el escrito jurídico, presentado por el abogado Ernesto Jinesta, se explica que no declarar puestos en las juntas directivas, que no impliquen crecimiento patrimonial, no constituye un acto de corrupción.

Sin embargo, en la resolución firmada por la contralora Marta Acosta se recalca que en la declaración jurada es obligatorio detallar la participación en juntas directivas de sociedades aun cuando no se tenga participación accionaria, ni se hayan realizado aportes en especie ni se reciban dividendos.

“Desde la prevención es de suma importancia que en la declaración jurada se indiquen los cargos directivos que ostente un servidor público en personas jurídicas”, se recalca en la resolución firmada por Acosta.

La Junta Directiva del Banco Central conoció el fallo administrativo de Contraloría, el pasado 3 de mayo, e instruyó que la amonestación escrita se publique en el diario oficial La Gaceta, como ordenó la CGR.