Conassif permitirá a conglomerados financieros crear sus propios métodos para valorar inversiones

Propuesta elimina obligación de que los grupos contraten, de manera exclusiva, a proveedores de precios independientes

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Los bancos, los fondos de pensiones y de inversiones, y las aseguradoras, que formen parte de un conglomerado financiero, tendrán la opción de crear su propia metodología para valorar sus inversiones.

El Consejo Nacional de Supervisión del Sistema Financiero (Conassif) abrió dicha posibilidad en una propuesta de reforma al Reglamento sobre Valoración de Instrumentos Financieros que se envió a consulta el pasado 16 de marzo.

El objetivo del cambio es eliminar la obligación que tienen las entidades de contratar los servicios de un proveedor de precios y habilitar una nueva opción, se fundamenta en la iniciativa.

La valoración a precios de mercado es una medición diaria que indica cuál es el valor real, en el mercado financiero, de los títulos que componen una cartera de inversiones. En Costa Rica, esta metodología está vigente desde agosto del 2002.

Todas las entidades supervisadas están obligados a valorar a precio de mercado los instrumentos que se adquieren, sean bonos de deuda del Gobierno, o emisiones de empresas públicas o privadas.

“La propuesta (...) faculta a las entidades para que tomen las decisiones que se ajusten a su estructura y capacidad, pues permite que aquellas entidades que cuenten con mayores capacidades y deseen implementar sus propios modelos puedan hacerlo”, se explica en el cambio normativo.

Para las instituciones que no tengan la capacidad de efectuar su propio método, podrán contratar los servicios de una compañía especializada, recalcó Alberto Dent, presidente del Conassif.

“Damos una apertura para que empresas, altamente sofisticadas, puedan tener sus propias metodologías de valoración las cuales deben ser debidamente aprobadas por nosotros”, recalcó Dent.

La Superintendencia General de Valores (Sugeval) será la encargada de revisar que la propuesta de cada grupo financiero cumpla con las medidas técnicas.

Por ejemplo, deberá acatar los parámetros establecidos por la Norma Internacional de Información Financiera, conocida como NIIF 13. Además, contar con la descripción por tipo de instrumentos financiero ya sea deuda (bonos), renta variable (acciones), instrumentos financieros derivados, productos estructurados, participaciones de fondos de inversión, entre otros.

“Los principios de valoración necesariamente tienen aspectos (técnicos) que no se pueden cambiar. Se puede tener una forma más sofisticada o menos sofisticada al momento de valorar las inversiones. Pero al final se usan los mismos elementos”, recalcó Dent.

El Presidente del Consejo recalcó que efectuarán una revisión muy detallada de las propuestas de metodología.

“Las dos valoraciones (de proveedores de precios y las propias) no deben presentar diferencias sustanciales. No se puede tener una metodología donde se dice que el valor de la inversión es del 80% y en otra me dice que es de 120% (del valor facial del título). Por eso revisaremos que el método sea adecuado”, dijo Dent.

El cambio reglamentario se hizo después de una recomendación dada, en octubre del 2018, por el Fondo Monetario Internacional (FMI) al Ministerio de Hacienda y a la Sugeval.

En el informe de asistencia técnica del FMI se afirma que la captura de precios, al final del día, carece de información debido a la falta de transacciones efectivas en los mercados primario y secundario.

“Los precios de las negociaciones son prácticamente fijos y no reflejan el nivel de liquidez ni reaccionan a información relevante”, se detalla en la norma en consulta.

Por esa razón, es que el Conassif propone estimular a las entidades supervisadas a desarrollar sus propias metodologías de fijación de precios