Clave fiscal: Poderes especiales en registro de accionistas

En la disposición del Banco Central las autorizaciones otorgadas y utilizas quedarán deshabilitadas

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Hay cosas que solamente suceden en Costa Rica. Mediante comunicado de Central Directo, que es uno de los servicios del Banco Central, se informa que, a partir del 1. ° de abril, se inicia el plazo para realizar la declaración ordinaria del periodo 2022 del Registro de Transparencia y Beneficiarios Finales (RTBF) y se extiende hasta el hasta el día 30 del mismo mes. Es el comunicado CD-008-2022, de fecha 31 de marzo y publicado el 4 de abril pasado.

A renglón seguido se informa que, atendiendo las reglas aplicables a los poderes especiales, las autorizaciones otorgadas mediante este tipo de poderes, antes del 1. ° de abril de este año y que ya hayan sido utilizadas, quedarán deshabilitadas. Esto en virtud de lo dispuesto en el artículo 1.256 del Código Civil. Como justificación de esa “deshabilitación” de poderes, se indica: “Esto considerando que, para el caso de dichos poderes, si ya fueron utilizados para un acto específico, no se pueden usar para otra gestión adicional ni derivada de la principal”.

Estamos en presencia de un ejemplo claro de cómo las cosas se hacen “a la tica”. Primero una interpretación legal que difiere del contenido de la norma y luego un aviso tardío, que sin duda traerá muchas dificultades a los usuarios del sistema. Lo irónico es que ambos problemas los está generando la plataforma del servicio y no los ciudadanos.

La norma del Código Civil lo que indica es que el poder especial “solo facultará al mandatario para los actos especificados en el mandato”. El Banco Central parece entender que “el poder especial solo se puede usar una vez”. Son cosas distintas.

Por ejemplo, un poder pudo otorgarse para hacer solo la declaración del 2020; o bien no se indicó para cuál año se encargó al apoderado hacer la declaración y él realizó la del 2021. En ambos casos el poder agotó su finalidad y no puede volver a usarse. Pero si el poder especial se otorgó expresamente para realizar las declaraciones desde 2020 hasta el 2030, o por todos los años que restan del plazo social, entonces “los actos especificados en el mandato” son precisamente hacer todas esas declaraciones y no solamente una. Seguiremos en la próxima columna.

rgonzalez@roblesoreamuno.com