Clave fiscal: Declaración de sociedades inactivas

Formulario informativo de sociedades inactivas es detallado, amplio, complejo e invasivo

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Las sociedades inactivas están en la obligación, según indica el artículo 2 de la Ley de Impuesto sobre la Renta, de suministrar a la Administración Tributaria “solo la información resumen de los incrementos en sus activos, pasivos y capital. En este caso, la declaración informativa deberá ser resumida y simple, de tal forma que se minimice el costo de cumplimiento”.

Esta frase nos haría creer que la declaración informativa sería incluso más sencilla que el formulario que deben completar los contribuyentes que tienen actividades lucrativas (D-101).

Pero resulta que será más bien lo contrario. De conformidad con la resolución MH-DGT-RES-0007-2023 y sus anexos, publicada en el diario oficial La Gaceta del 29 de marzo del 2023, la declaración de las “personas jurídicas inactivas” deberá realizarse llenando el formulario D-195, que es muy detallado, amplio, complejo e invasivo.

Llama la atención que la ley de renta impone el requisito de la declaración informativa solamente para “sociedades inactivas”; pero la resolución en comentario indica que es para “personas jurídicas inactivas”; ampliando administrativamente la cobertura más allá del parámetro legal y creando al parecer la obligatoriedad de una nueva declaración informativa para el resto de las personas jurídicas diferentes a las sociedades.

La información que deberá incluirse en este nuevo formulario, comprende, entre otros, la obligación de indicar: A) La razón o las razones por las cuales la persona jurídica no tiene actividades lucrativas.

B) Si posee marcas, patentes, bienes muebles y bienes inmuebles inscritos.

C) Si posee bienes inmuebles no inscritos (derechos de posesión, concesiones).

D) Si posee otros bienes no inscribibles, como saldos en efectivo, cuentas en bancos o cuentas por cobrar (con detalle de cuentas, montos y saldos).

Además si posee bienes o derechos en el exterior, indicando fecha y valor de adquisición y detalles de todas las cuentas bancarias e inversiones en el exterior. En caso de poseer membresías a clubes o similares, detallar nombre o razón social del club u organización, fecha y valor adquisición.

También si posee marcas comerciales, licencias, patentes, antigüedades, joyas, obras de arte, semovientes. ¿Declaración resumida y simple?

rgonzalez@roblesoreamuno.com