Banco Central propone suprimir límites al uso de coberturas cambiarias

Banco Central envió a consulta nuevas reglas que eliminan prohibición de ofrecer derivados al público y tope en plazos en operaciones. Sector financiero argumenta que uso de derivados se reduce si entidad mantiene precio del dólar estable.

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El Banco Central de Costa Rica (BCCR) propuso nuevas reglas para el uso de uso de coberturas cambiarias en el país que elimina la prohibición de ofrecer estos productos al público y el plazo máximo de 12 meses para usar dicho instrumento.

El ente emisor aprobó, el pasado 28 de agosto, un nuevo Reglamento sobre Derivados en Moneda Extranjera cuyo objetivo principal es “otorgar mayor flexibilidad para realizar operaciones con derivados cambiarios”, según el acuerdo 5892-2019, de la Junta Directiva de la entidad.

La normativa fue enviada a consulta al sector financiero (bancos, fondos de pensiones, aseguradoras y fondos de inversión) desde el pasado 13 de setiembre, cuando el texto propuesto se publicó en el diario oficial La Gaceta.

Las coberturas o derivados cambiarios son instrumentos que permiten a los clientes pactar con una institución financiera un determinado precio en colones para el dólar, que se hará efectivo en un plazo preestablecido.

De esta forma, el cliente que establezca un contrato de este tipo se protege de las fluctuaciones en el valor de la divisa comparado con el colón.

El BCCR estableció los parámetros sobre el uso de las coberturas, entre el 2003 y el 2008, con la publicación de dos reglamentos.

Sin embargo, la entidad aceptó que dichas normas se establecieron en un contexto de regímenes cambiarios menos flexibles.

“Para solventar esas limitaciones y simplificar elementos operativos (de los reglamentos) resulta oportuno derogarlos y plantear un solo cuerpo de normas en materia de derivados en moneda extranjera”, se detalla en el acuerdo de la Directiva del ente emisor.

La normas vigentes se hicieron cuando existían las minidevaluaciones y las banda cambiaria, en donde existía un piso y un techo para el valor del dólar.

Actualmente se está en el sistema de flotación administrada. El ente emisor solo interviene en el mercado de divisas cuando hay fluctuaciones violentas en el precio del dólar.

Paso correcto

Representantes del sector financiero costarricense catalogaron de positivo el reglamento propuesto por el BCCR, pues el uso de la figura de derivados es muy reducido, solo para algunas empresas y bancos. Pero sí argumentaron que el uso del instrumento pierde sentido cuando el precio del dólar es estable.

Para José Rafael Brenes, director general de la Bolsa Nacional de Valores, la norma ayudará a liberar y generar una democratización de las coberturas cambiarias.

“En el tanto el Banco Central mantenga la política de comprometer el uso de sus reservas para tener un tipo de cambio estable, se reduce la necesidad de tener operando figuras de este tipo”, argumentó Brenes.

Añadió que lo naturaleza del mercado es reducir la participación del Banco Central en las negociaciones cambiarias, con lo cual se hace necesario instrumentos de derivados más robustos.

El economista William Porras resaltó que la decisión del BCCR de reducir las volatilidades extremas en el precio del dólar no colaboran con el uso de los derivados.

“Aunque el Banco Central diga que incentiva estos productos (derivados) para que la gente se cubra, realmente no hay que cubrirse porque el Banco está ahí tratando de eliminar el efecto de volatilidades extremas”, afirmó Porras.

Para Annabelle Ortega, directora ejecutiva de la Cámara de Bancos, los reglamentos que se derogarían son rígidos y no son adecuados a la realidad del mercado local.

“Las modificaciones propuestas van en la línea correcta y pueden incentivar su utilización (...) se agilizan los procesos actuales y plantea requerimientos necesarios para operar sin agregar trabas”, consideró Ortega.

El jerarca de la Bolsa comentó que, junto a representante de la banca, plantearon al BCCR condiciones que el mercado consideraba necesarias para facilitar el desarrollo de las coberturas cambiarias.