Acreditación de impuestos del exterior

Exportaciones de servicios presentan un reto para nuestro sistema tributario y hay aspectos que requieren un ajuste inmediato

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Las condiciones geopolíticas de nuestro país y la alta calidad de la mano de obra calificada son aspectos que, por fortuna para todos, siguen generando interés en los inversionistas del extranjero. Costa Rica se ha posicionado como una muy buena opción para prestar servicios de alto valor agregado de muy diversa índole, desde servicios de back office hasta investigación y desarrollo de alta tecnología. Claro está, estas actividades económicas están usualmente diseñadas para la exportación de servicios y se encuentran en constante evolución, lo que presenta un reto para nuestro sistema tributario y hay aspectos que requieren un ajuste inmediato.

Un claro ejemplo de esos cambios necesarios se vincula con el tratamiento fiscal de los impuestos que se cancelan en el exterior por la exportación de servicios. En múltiples jurisdicciones existen obligaciones de retener un porcentaje del monto que se cancela por servicios que presentan proveedores extranjeros. Entonces, es probable que una empresa que exporta servicios desde Costa Rica deba soportar un porcentaje de retención del monto total facturado por los servicios prestados.

Ante tal situación, las autoridades tributarias han señalado en reiteradas ocasiones, que no es posible reconocer, de ninguna forma, esos impuestos retenidos en el exterior para efectos del cálculo y pago del impuesto sobre las utilidades que las empresas cancelan al final del período fiscal en nuestro país. Eso ocasiona que una compañía que exporta servicios, por la misma transacción, podría estar obligada a cancelar el impuesto sobre la renta sobre el total del monto facturado y además soporta la retención que se realiza en el extranjero también por concepto del impuesto sobre la renta.

Esta problemática ya ha sido resuelta en países con sistemas tributarios más modernos y maduros que el nuestro, pues se ha comprendido que esta situación resta competitividad al país. Existen diversas formas de solventar el tema, ya sea mediante la firma de convenios de doble imposición, donde usualmente se regulan tasas menores o incluso exenciones totales en estos supuestos, o bien, mediante ajustes de la normativa interna, donde se permite acreditar total o parcialmente, el monto de impuestos que el prestador de servicios ha soportado en el exterior.

Esperamos que dentro de la agenda de reactivación económica y ajustes fiscales se logren incluir reformas en tal sentido, en beneficio de los contribuyentes en general, pues sería un claro ejemplo de la modernización necesaria de nuestro sistema y que estaría directamente vinculado con el impulso a la economía de un sector tan importante en nuestro país.