Gustavo Picado: ‘No son datos de interés público’

Gustavo Picado, director financiero CCSS

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¿Alguna empresa suele solicitar información sobre salarios o lugares de trabajo? ¿La CCSS puede entregarla?

Con mucha frecuencia es requerida por entes públicos y privados.

”Según lo establece el artículo 63 de la Ley Constitutiva de la CCSS, la gerencia no podrá divulgar ni suministrar a particulares, salvo autorización expresa de la Directiva, los datos y hechos referentes a asegurados y patronos de que tenga conocimiento en virtud del ejercicio de sus funciones; pero podrá publicar cualquier información estadística o de otra índole que no se refiera a ningún asegurado o patrono en especial.

”A estos efectos se tiene establecido un procedimiento que exige que el solicitante acredite debidamente el interés público que justifica su solicitud. El planteamiento es analizado y validado por la asesoría legal de la CCSS”.

¿Existe otra manera de obtener esta información de la CCSS?

Sí, cada trabajador puede solicitar su información particular a la CCSS o, mediante un consentimiento autorizado, delegar a otra persona para que la accese.

¿Pueden garantizar las empresas proveedoras de datos que esta información es de la CCSS? ¿O es información conseguida de manera ilegítima?

La única manera de obtener legítimamente esa información es a través del proceso descrito de consentimiento.