Supén frena traslado de ¢3.600 millones a pensiones para pobres por dudas legales

Reforma del 2020 dictó que recursos del ROP y FCL de afiliados fallecidos, con más de 10 años sin reclamar, deben pasar al Régimen No Contributivo de la Caja, pero la Superintendencia ordenó a las OPC detener traslado

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La Superintendencia de Pensiones (Supén) suspendió, este lunes 22 de febrero, la transferencia de ¢3.572 millones que las administradoras de fondos debían realizar, el próximo viernes, al régimen no contributivo de pensiones que beneficia a personas en pobreza y es administrado por la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS).

Los recursos del ROP y del FCL que se pretendía transferir corresponden a un grupo de 20.512 trabajadores con más de 10 años de fallecidos, que una reforma a la Ley de Protección al Trabajador, aprobada en octubre del 2020, ordenó trasladar al Régimen de Pensiones No Contributivas (RNC) pues no aparecen sus beneficiarios.

Sin embargo, Rocío Aguilar, jerarca de la Supén, confirmó a La Nación que existen dudas legales y ordenó a las operadoras de pensiones complementarias (OPC) hacer el traslado del dinero hasta cuando estas sean evacuadas.

La Superintendencia consultará a la Procuraduría General de la República (PGR) si la prescripción del reclamo del dinero puede aplicarse de manera retroactiva, o si solo el plazo de 10 años debe empezar a correr a partir del 5 de octubre del 2020, cuando se publicó la reforma legal en el Diario Oficial La Gaceta.

“La prescripción a la que se refiere (la reforma) no se encontraba prevista en el ordenamiento jurídico antes de la emisión de la Ley 9906 (en octubre del año pasado), y, por lo tanto, la falta de reclamo durante el plazo de 10 años no tenía como consecuencia la pérdida del dinero para los beneficiarios del trabajador o afiliado fallecido”, recalcó Aguilar.

Operadoras consultadas por este diario informaron de que esperarán las instrucciones de Supén, para ejecutar el traslado de dinero.

“El día de ayer (lunes) recibimos una instrucción de la Supén suspendiendo el traslado que estaba programado inicialmente para este viernes (26 de febrero), pues se debe aclarar, mediante un criterio de la Procuraduría General de la República, la fecha a partir de la cual corresponderá el corte de 10 años para el traslado de los recursos”, informó por escrito BAC Credomatic.

Por otra parte, desde febrero pasado, la Superintendencia ordenó a cada OPC que, al final de cada mes, deberán identificar a las personas fallecidas con más de 10 años a ese momento, y proceder con el traslado de los recursos al RNC de la CCSS, manifestó Hermes Alvarado, gerente de BN Vital.

A enero anterior había un acumulado de ¢22.840 millones sin reclamar de trabajadores fallecidos, de los cuales solo ¢3.572 millones ya cumplieron más de 10 años desde la muerte del afiliado, según las estimaciones de Supén.

Del monto total, ¢18.529 millones corresponden a dinero del Régimen Obligatorio de Pensiones (ROP), y del Fondo de Capitalización Laboral (FCL) son ¢4.311 millones.

Los recursos se comenzaron a acumular cuando entró en vigencia la Ley de Protección al Trabajador, en marzo del 2001.

Hasta el 2009, cada OPC administraba de forma independiente las inversiones de los recursos sin reclamar. Sin embargo, a partir del 2010, los dineros de las seis operadoras se aglutinaron en un solo portafolio, cuya administración se turna entre las OPC, cada dos años.

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Dificultades para entregar dinero

La acumulación de dinero de trabajadores fallecidos ocurre, en su gran mayoría, porque el afiliado no dejó un beneficiario de los recursos.

La Superintendencia, a través de los años, ha instruido a las operadoras que intenten localizar a posibles sucesores.

Una de las opciones dada por la Supén, es que las OPC acudan a los mismos beneficiarios que heredan la pensión de un régimen básico, es decir, cónyuges, hijos o dependientes.

Róger Porras, gerente de Popular Pensiones, comentó que el año pasado efectuaron un proceso de búsqueda de sucesores de 15.895 afiliados fallecidos, para lo cual tuvieron la colaboración de los regímenes básicos de pensiones (IVM, Magisterio Nacional y Poder Judicial) y del Tribunal Supremo de Elecciones.

“Con esa información se logró gestionar datos para el contacto del 21% de los casos. Sin embargo, pese a estas gestiones, solo se logró que hiciera un retiro efectivo (de dinero) en el 4,33% de los casos”, afirmó Porras.

Otras entidades como BN Vital y BAC Pensiones han optado por publicar en su sitio web la lista completa de afiliados fallecidos para que los posibles beneficiarios efectúen el proceso de reclamo de recursos.

“Para que se proceda con la devolución de estos recursos, los familiares, interesados o beneficiarios deben gestionar la entrega de los recursos”, dijo Héctor Maggi, gerente de la operadora de pensiones de la CCSS.

El año pasado, la Supén habilitó una consulta en su portal en Internet para que los familiares de personas fallecidas puedan precisar las entidades que mantienen recursos a su nombre y puedan presentarse a realizar el trámite de retiro correspondiente. https://www.supen.fi.cr/web/supen/consulta-de-fallecidos