Conassif estudiará reglamento que determina número mínimo de inversionistas en un fondo

La normativa propuesta hace ahora una diferencia entre el momento de constitución de un fondo y el momento de su operación plena

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San José

El Consejo Nacional de Supervisión del Sistema Financiero (Conassif) hará una revisión al Reglamento de Fondos de Inversión, con el fin de aclarar las reglas que conciernen al número mínimo de inversionistas que deben tener estas carteras colectivas.

Según la entidad, el ajuste en estudio tiene el objetivo de proteger a los inversionistas que tienen este tipo de instrumentos, al crear un espacio razonable para que en las situaciones en las que condiciones de mercado lleven a una reducción en el número de participantes en los fondos, la regulación no conduzca a una liquidación forzosa y precipitada.

La normativa propuesta hace ahora una diferencia entre el momento de constitución de un fondo y el momento de su operación plena, estableciendo cantidades mínimas de inversionistas para cada uno de ellos.

Para el momento de la constitución del fondo, se establecería un número mínimo de 50 inversionistas en el caso de fondos abiertos o inmobiliarios, 25 para fondos de desarrollo inmobiliario y 5 para fondos de capital de riesgo.

Una vez obtenida la cantidad mínima de inversionistas necesarios para la constitución del fondo, la regulación permitiría funcionar con un número más bajo de ellos, con un mínimo de 35, 15 y 4, respectivamente.

Al diferenciar los requerimientos sobre el número de participantes en los fondos de acuerdo con dos momentos en la vida de un fondo de inversión – la constitución y la operación –, el Conassif atiende las preocupaciones expresadas por el Ministerio de Hacienda sobre el uso de esta figura como un eventual vehículo para la evasión fiscal.

Reforma previa. El 18 de junio anterior, el Consejo había reformado el Reglamento para disminuir el mínimo de inversionistas que necesita el fondo para mantenerse inscrito, de 50 o 25 (según tipo de instrumento) a solo dos.

Esta disminución recibió críticas de varios sectores, que consideraron que podría facilitar la evasión fiscal pues los fondos de inversión tienen un tratamiento fiscal preferente. El político Ottón Solís, inclusive llevó el caso a la Defensoría de los Habitantes en octubre pasado.

El Conassif, no obstante, aclaró que la norma enviada en consulta refuerza los espacios y potestades – ya presentes en las reformas aprobadas en julio– en relación con las acciones de supervisión orientadas a asegurar que en el caso de los fondos de inversión, no se estén violentando las condiciones de oferta pública o se presenten otros problemas que desnaturalicen este mecanismo de ahorro.