Ana Eugenia Romero, directora del Poder Judicial: ‘Prima el principio pro fondo de pensiones’

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¿El Consejo Superior supo de la interpretación errónea de la Ley Marco de Pensiones hasta el informe hecho por la Auditoría Judicial el año pasado?

Así es. Es con este estudio reciente de la Auditoría Judicial que se expone sobre una interpretación distinta respecto a la aplicación del Transitorio III de la Ley Marco de Pensiones.

¿Han determinado con exactitud cuántas pensiones se otorgaron sin cumplir los requisitos?

No se ha hecho. Se está a la espera de conocer el informe definitivo de la Auditoría.

¿Saben a cuánto asciende el eventual pago de más en jubilaciones otorgadas desde el 2010 hasta ahora?

A la fecha no se dispone (de la información).

El Consejo criticó a la Auditoría por alertar del error de interpretación hasta ahora si sabía, desde hace 10 años, del problema al otorgar pensiones, pero igual ustedes variaron la interpretación. ¿Por qué?

En cualquier decisión en torno al otorgamiento de derechos jubilatorios debe primar el principio pro-Fondo (de pensiones). Precisamente, atendiendo esta obligación se toma la medida cautelar de adoptar esta nueva interpretación, que resulta más restrictiva.

¿Modificaron la mala interpretación de la aplicación de la Ley Marco de Pensiones?

La nueva interpretación se está aplicando a las jubilaciones otorgadas a partir de la fecha del acuerdo (12 de noviembre del 2015).

¿Esperará el Consejo la resolución de la Sala IV sobre el tema de la lesividad para resolver si se reducen los montos de pensiones o realizan el cobro de sumas pagadas de más a jubilados?

Efectivamente, es necesario esperar que se resuelva la acción de inconstitucionalidad para valorar la medidas por adoptar.