ESPH combatirá en tribunales condena por prácticas de monopolio

Empresa recibió sanción en el 2008 por negarse a alquilar postes a cablera

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La condena por prácticas monopolísticas que recibió la Empresa de Servicios Públicos de Heredia (ESPH) no es historia terminada.

El proceso continuará ante los Tribunales Contencioso Administrativos, donde la ESPH impugnará el fallo, en un último intento de evitar el pago de ¢90 millones que le impuso la Comisión para la Promoción de la Competencia (Coprocom), del Ministerio de Economía.

“Nosotros no vamos a quedar como las víctimas de un enfoque muy puntual de Coprocom, que es el tema de la competencia. Es más dañino para el país quedarse sin servicio eléctrico que la competencia de las cableras, que son optativas para la gente”, expresó Allan Benavides, gerente de la ESPH.

La demanda data del 2008, cuando la empresa Cable Visión de Costa Rica acusó a ESPH de impedirle el acceso al mercado de la televisión por cable e Internet en el cantón de Heredia, pues se negó a alquilarle los postes para colocar su tendido de fibra óptica.

En criterio de la Comisión, con esa negativa la ESPH incurrió en “prácticas monopolísticas relativas”.

Benavides, sin embargo, asegura que la Comisión no tomó en cuenta criterios técnicos, como por ejemplo, los riesgos de recargar los postes y, en consecuencia, poner en peligro el servicio eléctrico, que es la prioridad para la empresa.

La decisión. Para Victoria Velásquez, directora de la Comisión para la Promoción de la Competencia, la ESPH está en “todo su derecho” de impugnar la condena en la vía contenciosa. No obstante, aseguró que la Comisión sí analizó todos los aspectos, incluso los técnicos.

“No se encontró que los alegatos que expresó la defensa de la parte estuvieran amparados en documentos. Hay un momento en que los postes no aguantan o no hay espacio para más cables, pero si hubiera habido una razón técnica para que la ESPH no alquilara sus postes, la Comisión no los hubiera sancionado”, dijo la funcionaria.

La Coprocom, afirmó Velásquez, halló evidencia de que la ESPH tenía intención de entrar al mercado de televisión por cable y por eso no quería otro competidor.

En el 2008, la Comisión condenó a la Cooperativa de Electrificación Rural de San Carlos (Coopelesca) por impedir a Cable Tica ofrecer Internet vía cable módem en su zona, así como a CoopeAlfaro Ruiz por negarse a prestar sus postes a la firma Cable Zar.

Allan Benavides añadió que para el momento de la demanda no existía ninguna regulación sobre el número de cables que soportan los postes. Luego, la misma ESPH creó normas avaladas por la Superintendencia de Telecomunicaciones.

Entre los riesgos del exceso de cables, Benavides señaló el peso sobre los postes, el cubrimiento de las acometidas hacia las casas y una mayor posibilidad de averías.