Ministerio de Salud da marcha atrás e incluye fórmula materna en Canasta Básica Tributaria

En mayo pasado, ‘La Nación’ informó de que uno de los criterios que había pesado para no incluir este producto en la lista fue la promoción de la lactancia materna; con la inclusión el producto volverá a pagar 1% de IVA

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El Ministerio de Salud dio marcha atrás, y junto al Ministerio de Hacienda y el Ministerio de Economía, Industria y Comercio (MEIC) incluyeron la leche de fórmula maternizada en polvo dentro de la Canasta Básica Tributaria, por lo que el producto pasará a pagar un 1% del Impuesto al Valor Agregado (IVA), en lugar del 13%.

Tal y como informó La Nación el pasado 19 de mayo, Salud había decidido no incluir la fórmula maternizada en polvo en la última versión de la Canasta que entró en vigor el mes de febrero. Uno de los criterios de esta decisión era fomentar la lactancia materna.

La inclusión de este producto la confirmó el Ministerio de Salud, mediante un comunicado de prensa, en el que anunció la actualización del Decreto Ejecutivo No.43790-H-MEIC-S, que regula la lista de bienes que componen la Canasta Básica Tributaria por el bienestar integral de las familias. Para que la decisión entre en vigor el decreto debe ser publicado en el Diario Oficial La Gaceta.

Mary Munive, ministra de Salud, indicó que la entidad hizo un análisis basado en el hecho de que en algunas ocasiones las madres no tienen la posibilidad de brindar leche materna a sus niños. Según el comunicado, se concluyó que la inclusión representaría un beneficio a los consumidores y permitiría garantizar una alimentación balanceada a los menores de edad.

La nueva versión de la CBT entró en vigor el 1.° de febrero, momento en el cual se incluyeron algunos artículos que pasaron de pagar 13% a un 1% de IVA, mientras que otros experimentaron el comportamiento contrario, como fue el caso de la fórmula materna.

Desde el pasado mes de agosto, en el que la inflación empezó a ceder, la leche de fórmula para bebé es uno de los productos de uso común en los hogares que más bien aumentó de precio. De agosto a mayo 2023 este alimento subió 16,69%, a pesar de que el índice de precios general se redujo 2,78%.

¿Por qué no formaba parte?

El Ministerio de Hacienda, el MEIC y el Ministerio de Salud son las instituciones responsables de determinar los productos que conforman la canasta de bienes, ya sea en función de criterios de consumo (Hacienda y MEIC) o de criterios nutricionales (Salud).

Para que un bien sea incluido, debe cumplir con dos criterios de consumo que son medidos mediante la Encuesta Nacional de Ingresos y Gastos de los Hogares (Enigh) realizada por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INEC). A pesar de ello, Salud también puede sugerir incluir algún bien, lo que debe ser aprobado por las otras dos entidades.

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Según el actual reglamento de la ley, al menos 6,25% del gasto que hacen todos los hogares en un producto debe provenir de los tres deciles de hogares con menores ingresos (el 30% más pobre). El 30,4% del consumo de este producto provino de estos hogares según la Enigh, por lo que sí cumplía con este criterio.

En segundo lugar, se exige que el producto sea adquirido por al menos el 2% de los hogares que componen el 30% de la población con menores ingresos, o bien, de los tres deciles con menos ingresos. Este producto no cumple con este segundo criterio de consumo.

A pesar de que el Ministerio de Salud no recomendó inicialmente incluir la fórmula materna en la Canasta, sí recomendó otros alimentos que no cumplían con estos criterios y que finalmente fueron incluidos en la lista de los que pagana 1% de IVA, como la leche de soya en polvo o los aceites en aerosol.

Según la Encuesta Nacional de Ingresos y Gastos de los Hogares, las familias del país gastaron más de ¢736 millones en la compra de este producto, entre febrero del 2018 y el mismo mes del 2019 (último dato disponible).