Clientes de ‘leasing’ pueden escoger su póliza

Este artículo es exclusivo para suscriptores (3)

Suscríbase para disfrutar de forma ilimitada de contenido exclusivo y confiable.

Subscribe

Ingrese a su cuenta para continuar disfrutando de nuestro contenido


Este artículo es exclusivo para suscriptores (2)

Suscríbase para disfrutar de forma ilimitada de contenido exclusivo y confiable.

Subscribe

Este artículo es exclusivo para suscriptores (1)

Suscríbase para disfrutar de forma ilimitada de contenido exclusivo y confiable.

Subscribe

Cuando un arrendamiento tiene opción de compra, el usuario final del activo tiene la potestad de escoger el seguro o póliza que lo cubrirá, según lineamientos recientes de la Superintendencia General de Seguros (Sugese).

Este criterio nació del interés que tienen los usuarios sobre el bien que alquilan y que desean conservar tras un período.

Este tipo de alquiler es conocido como “arrendamiento financiero”, o leasing, y consiste en la entrega de un activo (vehículo, maquinaria, etc.), financiando su utilización a cambio del pago de cuotas y la posibilidad de ejercer al final del período una opción de compra.

“Lo importante es determinar quién tiene el interés sobre lo asegurable”, manifestó Javier Cascante, superintendente .

Al igual que con un préstamo bancario, el tomador del leasing puede escoger la opción que se ajuste de mejor manera a sus necesidades, de acuerdo con las características que le indique el banco.

Pese a estos lineamientos, existen dudas sobre la manera en que se pactan las condiciones entre clientes y arrendadores.

Para Antonio Barzuna, corredor de la firma Avanto, el cliente de los bancos por medio de leasing muchas veces no sabe que tiene ese derecho a escoger.

“Al desconocer esto, el banco podría incluir una cláusula dentro del contrato, de manera tal que el arrendatario por desconocimiento firma algo que después le traería problemas”, comentó.

Barzuna considera que todavía hace falta mayor normativa e información sobre dichos contratos.

Sin compra. Cuando el arrendamiento es operativo, el activo no tiene opción de compra.

Debido a esta característica, el interés sobre dicho activo lo tiene el propietario.

“El dueño es el que se preocupa por su bien y lo protege”, explicó Cascante.

Como el usuario no tiene un interés final por el activo, cabe la posibilidad de que el propietario compre una póliza para algunos bienes similares.

En el caso de los vehículos, las sociedades arrendadoras pueden contratar seguros de automóviles bajo la forma de pólizas colectivas en las que actúan como tomadores por cuenta de sus usuarios

En este caso, la prima se cancela junto con la cuota del arrendamiento respectivo por el usuario en su condición de asegurado, conforme se pacte en el contrato.