Ciudadano presenta recurso de inconstitucionalidad contra impuesto a retiro de pensión voluntaria

Reclamo defiende que los fondos del régimen voluntario están exentos de impuestos

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San José

Un ciudadano de apellido Jiménez presentó una acción de inconstitucionalidad contra el cobro del impuesto sobre la renta al retiro de las pensiones voluntarias.

Según el reclamo, la aplicación del retiro anticipado y el límite de 57 años es inconstitucional porque viola el artículo 33 de la Constitución Política, que consagra el principio de igualdad jurídica.

La Ley de Protección al Trabajador estableció los 57 de años de edad como la edad mínima para optar por la pensión voluntaria. Asimismo, creo un desincentivo fiscal para quienes qusieran hacer el retiro anticipado.

Empero, no se normó el tratamiento fiscal después de los 57 años, lo que es interpretado por Tributación como una posibilidad para cobrar el impuesto sobre la renta en el momento del retiro.

Esta interpretación es adversada en el reclamo. "La jurisprudencia de la Sala Primera del Tribunal Fiscal Administrativo en los votos 39-2013 y 40-2013 ha confirmado que los Regímenes Voluntarios de Pensiones están exentos de impuesto de renta, e indica que los anteriores se rigen por la Ley 7523", agrega.

La oficina de prensa de la Sala Constitucional confirmó que se recibió esta acción de inconstitucionalidad desde el 19 de junio pasado. Dicho reclamo actualmente se encuentra en la etapa de admisibilidad, antes de que pueda ser conocido por los magistrados.

La posición de este ciudadano reabre el debate que sostienen el Tribunal Fiscal Administrativo, la Superintendencia de Pensiones y la Asociación Costarricense de Operadoras de Pensiones contra la postura de la Dirección General de Tributación, que insiste en que no hay una exención en el retiro de las pensiones del régimen voluntario.

Este vacío legal también es el que promueve un retiro adelantado de la pensión voluntaria.