Gobierno propone amnistía tributaria para condonar parte de las deudas de los contribuyentes

A petición del sector privado, el nuevo borrador de reforma fiscal incluyó un transitorio para perdonar el pago de intereses y parte de las multas y sanciones, a cambio de que el deudor cancele en un plazo de tres meses

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El Poder Ejecutivo propuso una amnistía tributaria en el borrador de texto sustitutivo de la reforma fiscal enviado a la Asamblea Legislativa, este 9 de agosto.

La más reciente versión del proyecto de Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas, plantea la exoneración total del pago de intereses a los contribuyentes que tienen deudas tributarias, y el perdón de hasta 80% de los intereses y multas.

Sin embargo, la condición para que se acceda al beneficio es cancelar las obligaciones tributarias, pendientes antes del 1 .° de octubre del 2017, en un plazo máximo de tres meses.

La amnistía se aplica en los tributos administrados por la Dirección General de Tributación, el Instituto de Desarrollo Rural, el Instituto de Fomento y Asesoría Municipal (IFAM) y el Instituto Mixto de Ayuda Social (IMAS).

El contribuyente que cancele el total del monto pendiente en el primer mes podrá acogerse a una reducción de las sanciones de hasta un 80%, se detalla en el Transitorio VI del nuevo texto.

La reducción será del 70% si se paga al segundo mes y del 60% si es durante el tercer mes.

“Una vez que el sujeto pasivo se acoja a la amnistía y cancele el monto adeudado por el tributo en cuestión, se dará por extinta cualquier obligación en cuanto a ese tributo, sus intereses, sanciones y multas”, se detalla en la nueva propuesta.

Nogui Acosta, viceministro de Ingresos, explicó que la amnistía se incluyó el nuevo texto por petición del sector privado.

Eso sí, el beneficio impositivo no aplicará al contribuyente que haya sido denunciado ante el Ministerio Público.

La última amnistía tributaria aprobada por el Congreso fue en el 2003, durante el Gobierno de Abel Pacheco. En ese momento, el Ejecutivo logró una recaudación de entre 0,3% y 0,5% del producto interno bruto (PIB), reconoció Acosta.

Proceso a bancos

El nuevo texto enviado por el Ministerio de Hacienda presenta, en el Transitorio XXIII, una amnistía tributaria “por motivos de interés público”, en el pago pendiente del impuesto sobre la renta por parte de las instituciones financieras que conforman el Sistema Bancario Nacional.

La condocación se establece para los intereses asociados a los periodos fiscales del 2010, 2011, 2012, 2013, 2014, 2015, 2016 y 2017, se detalle en el texto.

Los bancos, establece el documento, pagarán solo el principal de renta del traslado de cargos hecho por el fisco.

El borrador también plantea la posibilidad de reducir el monto de las multas entre un 80% y 60% si se cancela entre en un plazo de 90 días.

“Las instituciones que se comprometan a pagar dichos cargos de manera inmediata se les autoriza a diferir tal pago en 60 meses, a partir de la promulgación de la presente ley”, se explica en el texto.

Los bancos que decidan acogerse a la amnistía tendrán solo un plazo de tres meses para acogerse al beneficio fiscal.