Banco Nacional lleva convención colectiva a proceso de arbitraje

Entidad y sindicato no llegaron a ningún acuerdo sobre beneficios económicos luego de dos años de negociaciones. Incentivos laborales significaron gasto de ¢35.000 millones en el 2018.

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El Banco Nacional de Costa Rica (BNCR) definirá el futuro de los beneficios económicos de la convención colectiva en un proceso de arbitraje.

La entidad pública y el Sindicato de Empleados del Banco Nacional (Sebana) firmaron el nuevo acuerdo laboral el pasado 27 de febrero, luego de dos años de negociación.

Sin embargo, en el nuevo convenio se mantienen todos los pluses salariales sin modificar, pues el Banco y los representantes de los trabajadores acordaron dirimirlos ante un tribunal de arbitraje.

“Existen varios artículos sobre los que no fue posible llegar a un acuerdo entre las partes”, respondió la entidad financiera por escrito.

En específico, se trata de siete artículos de la convención que otorgan pluses salariales a poco más de 5.000 trabajadores de la institución.

Entre esos beneficios está el otorgamiento de vacaciones adicionales hasta por 30 días y la antigüedad del 3% sobre el salario base.

Tampoco se llegó a un acuerdo sobre el pago de incentivos económicos por estudios salariales y por resultados del Banco.

El pago de cesantía hasta por 20 años continuó sin modificarse, pese a que la Sala Constitucional estableció un tope de 12 años desde el año pasado.

La entidad pública suspendió, desde noviembre anterior, dicho beneficio luego de que los magistrados acogieran para estudio una acción de inconstitucionalidad contra el pago de prestaciones legales en la entidad financiera.

El BNCR pagó a sus empleados, con base en la convención colectiva, ¢34.620 millones en el 2018, según la liquidación presupuestaria presentada ante la Contraloría General de la República.

Dicho monto significó el 30% de los ¢120.143 millones de egresos por remuneraciones en el Banco.

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En enero pasado, Gustavo Vargas, gerente general del Banco Nacional, recalcó que la negociación de la convención debe cumplir con la ley y los votos de la Sala IV.

“La idea es que la negociación conlleve una convención que esté acorde con lo que establece la ley, las resoluciones de la Sala IV y las directrices del Gobierno”, recalcó Vargas a La Nación en ese momento.

El Código de Trabajo contempla la posibilidad de que un patrono y sus empleados puedan arreglar un conflicto económico en la vía judicial.

La nueva convención aún no se ha enviado al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social para su homologación, confirmaron el BNCR y esa cartera. Por tanto, aún no se conoce si hubo otros cambios en el acuerdo laboral.

Adriana Quesada, directora de Asuntos Laborales del Ministerio de Trabajo, explicó que ambas partes deberán presentar de nuevo ante la entidad la nueva convención, una vez finalizado el arbitraje.

“Al proceso arbitral (...) se puede acudir en caso de que no se logre un acuerdo total a la hora de negociar la convención colectiva”, explicó Quesada.