El acuerdo de Escazú protege a los defensores de derechos humanos en asuntos ambientales

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El 4 de marzo del 2018 se adoptó aquí en Costa Rica el Acuerdo Regional sobre el Acceso a la Información Ambiental, la Participación Pública y el Acceso a la Justicia en América Latina y el Caribe, conocido como el Acuerdo de Escazú, esto como resultado de un proceso que se originó en la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Desarrollo Sostenible Río+20, en el 2012.

El Acuerdo de Escazú se constituye en un instrumento internacional para la aplicación del Principio 10 de la Declaración de Río sobre Medio Ambiente y Desarrollo, emanada de la Cumbre de la Tierra de las Naciones Unidas en 1992, como lo es el Acuerdo de Aarhus de la Comisión Económica de las Naciones Unidas para Europa de 1998. Este Acuerdo es el resultado de un proceso que inicia en el 2012 con 10 países de América Latina y el Caribe, los que se comprometen a identificar la forma de cumplir con los derechos de acceso en la región.

Este proceso toma dos años de reuniones preparatorias y nueve reuniones del Comité de Negociación establecido en el 2014, contando para ello con la participación de los países de la región y del público, bajo la copresidencia de Chile y Costa Rica, lo cual culmina, como lo indiqué, con la adopción del Acuerdo regional el 4 de marzo del 2018. Con él, no solamente se garantiza el derecho a todos a vivir en un medio ambiente sano y equilibrado sino también el derecho a acceder a la información, a la justicia ambiental y a participar en la toma de decisiones ambientales.

Es el primer instrumento en el mundo en establecer disposiciones específicas para la promoción de la defensa y protección de los defensores de los derechos humanos en asuntos ambientales y por ello es inédito e histórico, además de ser el primer instrumento multilateral ambiental en la región. 22 países firmaron ya este Acuerdo y corresponde ahora a sus respectivos cuerpos legislativos ratificarlo, lo cual ya lo han hecho en ocho de los países y varios otros están en sus procesos internos para hacerlo.

Este Acuerdo de Escazú contribuye con el cumplimiento de los compromisos adquiridos en la Agenda 2030 de las Naciones Unidas, objetivo 16, y fortalece, además de la democracia, la buena gobernanza ambiental, el Estado de Derecho, la transparencia y rendición de cuentas, metas todas del desarrollo sostenible.

Para nuestro país es importante, porque viene a fortalecer la democracia ambiental y viene a confirmar el derecho a un ambiente sano y el derecho a la participación de los ciudadanos en materia ambiental. Quizás para algunos de los lectores el Acuerdo de Escazú resulte redundante para el caso costarricense; sin embargo, es un instrumento multilateral que se origina en el seno de las Naciones Unidas y como tal es importante su ratificación e implementación en todos los países de nuestra región de América Latina y el Caribe.

Proceso abierto

Es importante mencionar que este Acuerdo es el resultado de un proceso abierto de negociación facilitado por la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (Cepal) y el cual ofreció grandes oportunidades para la participación de todos aquellos sectores que deseaban hacerlo. Al ser un instrumento multilateral le correspondía al organismo facilitador promover esa participación y diálogo constructivo entre las partes con todos aquellos que se registraban en la página que la Cepal estableció para este propósito.

Fue así como la participación del público y de los países se llevó a cabo.

En nuestro país, la negociación de acuerdos internacionales es competencia del Poder Ejecutivo, y en este caso particular le correspondía a la Cancillería y al Ministerio de Ambiente (Minae). El Minae, mediante medios sociales informaba del proceso e invitaba a participar en las actividades que se desarrollaron durante el transcurso de la negociación como así lo hicieron algunos representantes del sector privado nacional, o bien, el Minae informaba de los avances que se iban obteniendo en el proceso en el seno de sus Direcciones como la Comisión Nacional para la Gestión de la Biodiversidad (Conagebio), donde también el sector privado tiene una silla.

Por este motivo, me parece extraño la carta que envía la Unión Costarricense de Cámaras y Asociaciones del Sector Empresarial Privado (Uccaep) a la Asamblea Legislativa reclamando falta de participación del sector privado en el proceso de adopción del Acuerdo de Escazú. Primero ,no entienden de que esto obedece a un proceso de una negociación multilateral en la cual Costa Rica es una parte más en el conjunto; segundo, que la participación pública era llevada adelante por medio de la agencia facilitadora, en este caso la Cepal, y que por lo tanto, el papel del Gobierno de Costa Rica era divulgar los resultados del proceso e invitar a participar por medio del registro oficial en la Cepal.

Así las cosas, el llamado de la Uccaep a los legisladores para no ratificar este Acuerdo carece de fundamento porque sí se dieron los espacios necesarios para esta participación.

Y como lo indiqué más arriba, este Acuerdo, para el caso costarricense, viene a fortalecer la legislación nacional y su gobernanza ambiental; coloca un lugar costarricense, como Escazú, en un Acuerdo multilateral de trascendencia histórica como el único instrumento vinculante en esta materia en el mundo, y, una vez más, nuestro país muestra su liderazgo que lo ha caracterizado en materia de derechos humanos y su convicción por el desarrollo sostenible.

Por esto, insto a los señores diputados y diputadas a ratificar el Acuerdo de Escazú cuanto antes de tal forma que Costa Rica constituya, junto con los ocho países que ya lo han ratificado, el grupo de países que lideran su compromiso por el medio ambiente y el desarrollo sostenible en nuestra región de América Latina y el Caribe.