Sala IV avaló por error censura previa

Legitima ejercer ese control por razones de seguridad y buenas costumbres

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La Sala Constitucional avaló la censura previa de la información por un error al elaborar la sentencia de un recurso de amparo.

Esta fue la explicación que dio ayer el magistrado Fernando Cruz, redactor del fallo, al asegurar que ese no fue el sentido ni de la discusión ni del texto.

Por eso, dijo el juez, se hará una aclaración de oficio.

La sentencia declaró sin lugar un recurso de amparo presentado contra el decomiso que hicieron agentes judiciales de un material fotográfico a un corresponsal del Diario Extra.

No obstante, más que el fallo en sí mismo, lo que preocupó al gremio periodístico y defensores de la libertad de expresión fue uno de los últimos párrafos.

“Lo que quiere decir que no es necesario autorización alguna para hacer publicaciones, y que no se puede ejercer la censura previa, salvo que esté de por medio la salud, la seguridad nacional, la moral y las buenas costumbres”, señala la sentencia 4657-2010 del 5 de marzo.

De acuerdo con Cruz, lo correcto es interpretar la aplicación de la censura previa con base en la Convención Americana de Derechos Humanos y sentencias precedentes de la misma Sala.

Es decir, que la censura previa solo se puede ejercer en caso de espectáculos públicos para la protección de menores y adolescentes. En todos las demás situaciones, el control debe ser posterior. Agitación. Para Carlos Serrano, representante legal de Diario Extra y quien interpuso el recurso de amparo, el texto consignado en el pronunciamiento podría tener consecuencias muy graves.

“Esto que está diciendo la Sala afecta no solo a medios de comunicación, sino a cualquier habitante de este país al afectar el sistema de vida democrático porque so pretexto de la seguridad nacional se han cometido los mayores abusos a los derechos de las persona”, expresó Serrano.

La preocupación la compartió Carlos Tiffer, abogado del Grupo Nación, para quien así como está la sentencia sienta un “precedente peligroso” pues las autoridades pueden sentirse legitimadas para decomisar material periodístico con base en el argumento de que las decisiones de la Sala son de aplicación obligatoria.

Un comunicado de prensa del Colegio de Periodistas adelantó que analizaría el tema para tomar medidas pues el fallo de la Sala IV excede los límites establecidos por la Convención Americana de Derechos Humanos, también llamado Pacto de San José.

“Creo que los comunicadores estamos claros que hay que proteger a la niñez, claros en todo lo que tiene que ver con secretos de Estado por seguridad del país, pero eso de la moral y las buenas costumbres es un exceso y no debe ser porque son totalmente criterios subjetivos muy peligrosos para una democracia”, expresó en el comunicado Raúl Silesky, presidente del Colegio de Periodistas.

En este sentido, el magistrado Cruz explicó que cuando hablaron de “buenas costumbres, moral y seguridad” se refiere al tema de “limitación genérica de la información” y no a las justificaciones de censura previa.

Ante la alerta provocada, Cruz dijo que harían pronto una aclaración, sin precisar cuándo.