Pilares complementarios tienen grietas fiscales

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El tratamiento fiscal de los pilares complementarios de pensión provoca grietas a los fondos obligatorios y voluntarios, 11 años después de la aprobación de la Ley de Protección al Trabajador.

La opinión de exlegisladores, administradores de fondos y supervisores es que estos regímenes deberían estar exentos.

No obstante, el cobro del impuesto sobre la renta a dichos fondos, tras una interpretación de Tributación, desnuda debilidades en la legislación.

Fondos voluntarios. Cuando un trabajador que cotiza para un régimen voluntario llega a los 57 años de edad y supera las 66 cuotas del plan, la Ley de Protección al Trabajador le permite retirar los recursos en forma de pensión.

Dicha ley, en su artículo 73, también crea una tabla de devolución de incentivos fiscales, para que las personas saquen el dinero antes de los 57 años, siempre y cuando cumplan con las cuotas.

Así las cosas, con un retiro a los 52 años, y con 90 cuotas, el afiliado tendrá que devolver la mitad del incentivo fiscal que recibió durante la etapa de ahorro.

Sin embargo, cuando el trabajador cumple 57 años y los recursos se convierten en pensión, un retiro total permite que Tributación cobre la totalidad del impuesto de renta.

Para Danilo Ugalde, director de la Asociación Costarricense de Operadoras de Pensiones (ACOP), ese cobro en el momento de la pensión desincentiva la contratación de estos planes, que buscan aumentar la pensión futura.

“Como es un régimen voluntario, se supone que la única forma de estimular el ahorro para el retiro es ofreciéndole un incentivo fiscal, porque sino es como entrar a un fondo de inversiones”, dijo Ugalde.

Mauricio Ávila, intendente de Pensiones, comentó que la disposición de Tributación promueve que las personas quieran retirar los recursos antes de los 57 años para pagar menos impuestos, y la idea es que esos recursos permanezcan invertidos hasta la jubilación.

Fondos obligatorios. Otra situación expuesta por ACOP es la de los trabajadores con salarios exentos durante toda su vida laboral, y cuyo fondo obligatorio no alcanza para ser retirado como pensión.

A estos trabajadores se les aplica el impuesto de la renta sobre el monto del retiro, aunque ese ahorro sea fruto de un salario exento.

En setiembre, Francisco Villalobos, director de Tributación, dijo a este diario que dicha disposición se aplica desde hace tres años.