Patronos deben fijar reglas del juego de teletrabajo

Abogado aconseja a patronos contar con una normativa interna sobre el tema

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El teletrabajo gana terreno en el mercado laboral y cada vez más compañías echan mano de esta práctica en Costa Rica.

“Esta modalidad ha ayudado a las empresas a enfocarse más en la calidad de trabajo producida por cada empleado que en su ubicación física”, opina el abogado, David Abarca Campos, experto en temas laborales de la firma Arias & Muñoz.

“La empresa puede tener el gerente en Argentina, el supervisor en España, y el resto de los empleados en Costa Rica, manteniendo una producción eficiente”, agregó, como ejemplo.

De hecho, al teletrabajo se le reconocen beneficios como reducir costos, flexibilizar horarios y retención del talento.

“Incluso permite incluir a personas que, por uno u otro impedimento físico, no pueden desplazarse o se les dificulta movilizarse dentro de las instalaciones de una empresa”, agregó.

Saltan preguntas

Pese a estos beneficios, pueden surgir dudas, como la computadora ¿es del trabajador o es de la empresa?; ¿qué pasa si el colaborador usa dicha máquina para revisar una página no permitida dentro de la compañía?; ¿puede la empresa monitorear el trabajo remoto del colaborador, si emplea su conexión personal de Internet? o, incluso, ¿debería la empresa reconocer al trabajador algún monto por el uso de su conexión y electricidad para hacer sus labores?

“Si bien el artículo 69 del Código de Trabajo establece que las herramientas de trabajo deben ser provistas por el patrono, lo cierto es que nuestra legislación sigue siendo un poco alérgica a la posibilidad de regular esta figura de empleo de forma directa”, señaló el abogado.

Abarca recordó que, de momento, existe lo contemplado por el Instituto Nacional de Seguros, así como un decreto que busca incentivar esta modalidad de empleo dentro del sector público.

“Al no haber un panorama claro, pueden surgir problemas pues esta figura puede ser utilizada para prácticas no tan beneficiosas”, alertó .

Como ejemplos, señaló que el teletrabajo puede emplearse para marginar poblaciones ya de por sí discriminadas, o para aislar a un líder de su círculo de trabajo a fin de evitar pagos por despidos, propiciando un clima de renuncia.

“Para evitar zonas grises, lo más seguro será que las empresas sean diligentes en realizar una política interna que regule este modalidad de empleo, para que tanto la firma, como sus trabajadores estén claros en las expectativas y límites de teletrabajo”, recomendó el abogado a los patronos.