Necesidad de coherencia

El nepotismo y el ejercicio inapropiado de la influencia consustancial a los altos cargos son males persistentes de la democracia. La incoherencia también

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El diputado socialcristiano Wálter Céspedes pidió al Gobierno nombrar a dos sobrinas y una amiga en cargos estatales. Una es maestra, la otra, miscelánea, y la amiga, médica. El caso provocó la apertura de una investigación del Ministerio Público y convirtió al legislador en blanco de críticas, entre ellas las de los dirigentes del Partido Acción Ciudadana que negocian con la dirigencia socialcristiana la posibilidad de una alianza electoral de cara a las elecciones del 2014.

El nepotismo y el ejercicio inapropiado de la influencia consustancial a los altos cargos son males persistentes de la democracia. La incoherencia también. En la misma Asamblea Legislativa, donde hoy se critica al diputado Céspedes, un nutrido grupo de colegas tiene a madres, hijos, hermanos y otros parientes entre sus empleados de confianza.

Cuando La Nación se ocupó del tema, en el 2010, pudo constatar la existencia al menos de 15 casos, pero no le fue posible establecer el total, dada la reticencia del Congreso a informar sobre las verdaderas dimensiones del fenómeno. El 26 de junio del 2010, Luis Gerardo Villanueva, entonces presidente de la Asamblea Legislativa, defendió la legalidad de contratar a parientes en puestos de confianza. “No hay prohibición. Precisamente es el personal del que se espera lealtad, sacrificio y esfuerzo, así como identificación”, declaró el legislador.

Tampoco planteó reparos de orden ético, pese a las disposiciones contrarias a la contratación de parientes incorporadas al proyecto de Código de Ética del Partido Liberación Nacional, publicado en la página de Internet de la agrupación política. El diputado Villanueva se limitó a insistir en el carácter no oficial de las normas del proyecto.

La ley, es cierto, se refiere al uso de la influencia ante terceros para procurar resultados semejantes, y las contrataciones en el Congreso dependen directamente de los diputados. Se trata de personal de confianza, pero el parentesco no puede entenderse como condición idónea para llenar ese requisito. A los ojos de la opinión pública, la diferencia entre la criticada actuación del diputado Céspedes y la contratación de parientes en el Congreso puede resultar demasiado sutil, independientemente de la consideración legal que la normativa vigente pueda darle a uno u otro caso.

En su momento, el Partido Acción Ciudadana fue crítico de la contratación de parientes en la Asamblea Legislativa y se cuidó de enfatizar su determinación de abstenerse de esa práctica. Ahora, sus representantes descalifican a Céspedes como interlocutor en las pláticas para conformar una coalición. Sin embargo, no tuvieron reparos para forjar una alianza legislativa con la Unidad Socialcristiana y el Partido Accesibilidad sin Exclusión cuando en ambos hay legisladores con parientes nombrados discrecionalmente en la planilla del Congreso.

No se trata, desde luego, de descalificar las críticas formuladas a la actuación de Céspedes, cuyos verdaderos alcances serán precisados por la investigación que apenas comienza. Se trata de señalar la incoherencia e insistir en la necesidad de eliminarla para dar credibilidad a las instituciones.

Desde la Constitución Política hasta los reglamentos aplicables a la contratación administrativa, no hay duda del rechazo al nepotismo incorporado a la legislación nacional.

Tampoco hay discusión sobre el consenso social en torno a su inconveniencia. Si no existe la prohibición específica a la contratación de parientes en puestos de confianza de la Asamblea Legislativa, la ley es evidentemente omisa. Rellenar la laguna es una tarea urgente del Congreso.

Hay otras del mismo corte. Es importante, por ejemplo, promover el debate sobre la asignación de partidas presupuestarias para cumplir compromisos de legisladores que luego aparecen en las comunidades para cosechar el agradecimiento de los grupos favorecidos. Se impone, en suma, una profunda reflexión de la Asamblea Legislativa sobre el marco normativo y ético de sus labores.