Médicos revisan criterios para declarar terminales a pacientes

El dictamen es un requisito para que los cuidadores pidan licencias y subsidios

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Los criterios para que un médico declare a un paciente con cáncer en fase terminal están claros, pero ¿cuándo debe certificar que le quedan pocos meses de vida a un enfermo de sida, demencia , alzheimer o parkinson, entre otros males?

Ambos grupos se benefician de dos leyes que dan permisos de trabajo y ayudas económicas a cuidadores luego de que el médico dictamine la fase terminal del paciente Ley N.° 7756, Beneficios para los responsables de pacientes en fase terminal, del año 1998, y su reforma con la Ley N.° 8600, del 2007).

Sin embargo, quienes sufren de males distintos de un cáncer están sujetos a criterios muy variables para obtener esa condición médica; por esta razón, resultan menos beneficiados de los incentivos para contar con posibles cuidadores.

“Por ejemplo, un médico puede considerar que un paciente con demencia está en fase terminal; pero otro médico no concluye lo mismo en un caso similar; por eso, debemos unificar los criterios”, explicó Isaías Salas, director del Centro Nacional de Control del Dolor y Cuidados Paliativos.

Agregó que sí existe el parámetro de cuándo un paciente con cáncer entra en fase terminal (cuando el cáncer es avanzado, progresivo y no curable; o sea, su organismo no responde a ninguna otra terapia).

Salas alertó que falta elaborar la guía para los males no oncológicos (distintos del cáncer), como sida, demencia, males psiquiátricos, crónicos y enfermedades neurodegenerativas (esclerosis, alzheimer, parkinson, entre otros).

“Existen normas, pero las estamos revisando. Debemos unificar los parámetros para declarar en fase terminal a pacientes no oncológicos”, dijo Salas, quien abrió camino en la atención del dolor y de los cuidados paliativos en el país.

Panel de expertos. El médico explicó que en las próximas semanas realizarán procesos de consulta (con neurólogos, geriatras, infectólogos, entre otros) para unificar los criterios sobre la fase terminal de los pacientes no oncológicos.

Dicha guía es vital ahora, cuando la CCSS promueve la licencia para que un trabajador asalariado suspenda sus labores, y cuide de un paciente terminal (puede ser un amigo o un familiar).

Precisamente esta semana se cumplen cuatro meses del lanzamiento de la campaña de comunicación “Cuidémoslo juntos” para informar sobre dicha ayuda.

Unos 14.000 pacientes son atendidos por año en los 38 centros de la Red de Control del Dolor y Cuidados Paliativos de la CCSS. La mayoría sufre de una enfermedad terminal, y hay otro grupo que es tratado por agudos cuadros de dolor.

No todos esos pacientes tramitan licencias o subsidios para contar con cuidadores.

La Nación pidió a la oficina de comunicación de la CCSS la cantidad de licencias otorgadas para cuidado de pacientes terminales; pero la información estará disponible esta semana.

En junio del año pasado, la Caja informó de que 396 interesados se acogieron al beneficio, cifra que subió a 4.679 cuidadores con licencia y subsidio aprobados en el 2010.

La Ley N.° 7756 establece que la Caja debe recibir un 0,5% del presupuesto anual del Fondo de Asignaciones Familiares para financiar estas ayudas a quienes cuidan a los pacientes en fase terminal.

Para este año, la institución destinó ¢1.000 millones provenientes de ese fondo para financiar dicho subsidio, así como las campañas de divulgación que exige la ley.