Institutos imparten clases para bachillerato sin control del MEP

Constitución , decreto y Sala IV señalan deber de vigilancia del Estado

Este artículo es exclusivo para suscriptores (3)

Suscríbase para disfrutar de forma ilimitada de contenido exclusivo y confiable.

Subscribe

Ingrese a su cuenta para continuar disfrutando de nuestro contenido


Este artículo es exclusivo para suscriptores (2)

Suscríbase para disfrutar de forma ilimitada de contenido exclusivo y confiable.

Subscribe

Este artículo es exclusivo para suscriptores (1)

Suscríbase para disfrutar de forma ilimitada de contenido exclusivo y confiable.

Subscribe

Centenares de jóvenes y adultos pagan cursos en institutos privados que les ofrecen prepararlos para obtener el título de bachillerato en educación secundaria en la modalidad de madurez.

Lo que posiblemente la mayoría desconoce es que esos centros operan sin ningún control del Ministerio de Educación Pública (MEP) sobre los métodos didácticos, idoneidad de los profesores o condición de la infraestructura.

El año anterior, estudiantes de esas instituciones realizaron 19.806 exámenes.

Ante esa ausencia de supervisión por parte del Estado, surge la inquietud de si el MEP debe ejercer una fiscalización.

Las autoridades del MEP alegan que no tienen potestad, pero la Constitución, un decreto del mismo ministerio y un fallo de la Sala IV señalan lo contrario.

Ópticas opuestas. Ana Gómez, coordinadora de centros docentes privados del MEP, dice que no están obligados a regular ese tipo de educación, por no ser formal, pues “no se extienden títulos”.

Empero, el abogado constitucionalista Rubén Hernández sostiene que los artículos 79 y 80 de la Carta permiten la regulación de todas las modalidades de educación, no solo a las que conduzcan a la obtención de un título.

Alejandro Delgado, otro constitucionalista, considera que el decreto 24017-MEP, que norma la inspección sobre centros docentes privados, avala la fiscalización. “Permite al Ministerio ejercer fiscalización o dictar pautas sobre esos centros”, manifiesta.

Este criterio lo rebate Heriberto Rojas, asesor legal del departamento de Evaluación de Calidad del MEP. “No se puede regular por medio de un decreto el derecho a la educación”.

El jefe de esa dependencia, Félix Barrantes, comparte la opinión, en tanto el ministro Leonardo Garnier tiene dudas.

“Yo entiendo que no tenemos esa potestad, esa es la interpretación que yo había escuchado. Si la tuviéramos, es algo que podríamos hacer”, declara.

Por su lado, los representantes de los institutos expresan estar anuentes a la fiscalización.

Vidal Jiménez, del Instituto Jiménez, cree que el Ministerio debería evaluar que se cumplan con requisitos como horarios, personal docente calificado y edificios.

Maritza Busano, José Salazar y Marco Cubillo, funcionarios de los institutos Boston, Juventus y Yunis –respectivamente– consideran necesaria la regulación por parte del Ministerio de Educación.