Falta de decreto suspende multas por infringir restricción vehicular

Vigencia de nueva ley de tránsito suspendió anterior normativa sobre circulación según número de placa

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San José (Redacción). La falta de un decreto ejecutivo impide la aplicación de multas a los conductores por infringir la restricción vehicular.

Así lo confirmó esta mañana la directora del Consejo de Seguridad Vial, Silvia Bolaños: “Desde el punto de vista jurídico no se puede aplicar la restricción vehicular”, dijo.

Bolaños explicó que la puesta en vigencia de la nueva ley de tránsito suspendió la aplicación de las multas vigentes con la anterior normativa, hasta ayer, dicho pago por la infracción ascendía a ¢46.852.

Ahora, explicó, el Ministerio de Obras Públicas y Transportes (MOP'T) deberá indicar los sitios donde habrá restricción mediante un decreto ejecutivo porque la ley exige elaborar un reglamento sobre dicho aspecto.

“Hace falta la puesta en vigencia de un decreto ejecutivo donde se especifiquen los criterios técnicos que sustentan la restricción vehicular y las áreas que serán cubiertas con dicha medida (...) se ocupa un decreto porque quedó derogada la anterior normativa con la puesta en vigencia de la nueva ley”, amplió Bolaños, en declaraciones brindadas a ADN 90.7.

“Esto es temporal cuando el MOPT emita el nuevo decreto, la restricción volverá a regir”, agregó la funcionaria.

El jefe de Prensa del MOPT, Omar Segura, informó que se realizan las gestiones necesarias para “aplicar nuevamente a la brevedad posible” el sistema de restricción vehicular.

“En el transcurso del día, informaremos más detalles, específicamente, el plazo en el cual se tendrá todo listo”, dijo Segura.

Desde hoy, rige la nueva normativa de tránsito con ajustes en multas y sistemas de sanciones, entre otros cambios.