Compromisos del Estado costarricense en el combate a la corrupción

En octubrese evaluarán nuestros órganos de combatea la corrupción

Este artículo es exclusivo para suscriptores (3)

Suscríbase para disfrutar de forma ilimitada de contenido exclusivo y confiable.

Subscribe

Ingrese a su cuenta para continuar disfrutando de nuestro contenido


Este artículo es exclusivo para suscriptores (2)

Suscríbase para disfrutar de forma ilimitada de contenido exclusivo y confiable.

Subscribe

Este artículo es exclusivo para suscriptores (1)

Suscríbase para disfrutar de forma ilimitada de contenido exclusivo y confiable.

Subscribe

Cuando a finales de la década de los noventa se da un movimiento fuerte a nivel internacional para abordar de una manera seria y directa el combate de la corrupción, el Estado costarricense asume su compromiso y junto con los demás países del mundo suscribe instrumentos internacionales que establecen la obligación de los Estados de llevar a cabo acciones concretas para abordar este flagelo.

Es así como nuestro país suscribe junto con los demás países de la región, en el año 1996, la Convención Interamericana contra la Corrupción, la cual se ratifica mediante Ley de la República No. 7670 de 28 de abril de 1997. Luego, en el año 2003, suscribe la Convención de Naciones Unidas contra la Corrupción que es ratificada mediante Ley No. 8557 de 9 de enero del año 2007.

A partir de entonces, Costa Rica cuenta con un marco referencial para disponer de medidas concretas que tiendan a hacer efectiva la lucha contra la corrupción.

En el caso de la Convención Interamericana contra la Corrupción, justamente en una reunión llevada a cabo en San José en el año 2001, por parte de la Conferencia de los Estados Parte, con ocasión del XXXI período ordinario de sesiones de la Asamblea General de la Organización de los Estados Americanos, se aprueba el Mecanismo de Seguimiento de la Implementación de la Convención Interamericana contra la Corrupción conocido como el MESICIC, que se entiende como un mecanismo inter- gubernamental para apoyar a sus Estados Parte en la implementación de la Convención.

Esto a través de evaluaciones recíprocas con condiciones de igualdad, donde se formulan recomendaciones concretas teniendo como propósitos fundamentales promover la implementación de la Convención, dar seguimiento a los compromisos asumidos por los Estados Parte y analizar la forma en que están siendo implementadas las disposiciones de la Convención. Además de facilitar la realización de actividades de Cooperación Técnica. Es decir, es una herramienta para propiciar el desarrollo de la Convención, mediante la cooperación entre los Estados Parte de la misma y que son miembros de dicho mecanismo.

Este mecanismo está conformado por la Conferencia de los Estados Parte como órgano político, un Comité de Expertos como órgano técnico y una Secretaría Técnica dependiente del Departamento de Cooperación Jurídica de la OEA. Nuestro país acorde con su compromiso de combate a la corrupción se adhiere al mecanismo y participa activamente desde el año 2001 ya sea como país evaluador o como país evaluado.

De acuerdo a la dinámica de trabajo, el Comité de Expertos selecciona disposiciones incluidas en la Convención cuya aplicación por los Estados Parte será objeto de análisis y decidirá la duración del periodo que dedicará a ese trabajo, lo que se denomina Ronda.

Para cada ronda, el Comité preparará un cuestionario sobre las disposiciones que se hayan seleccionado y conformará un subgrupo integrado por expertos de dos Estados Parte que, con el apoyo de la Secretaría Técnica, analizará la información referida a cada Estado Parte. Una característica muy importante es que este mecanismo permite la participación de la sociedad civil dentro de la evaluación que se hace del Estado analizado.

Ya nuestro país ha participado en tres rondas de análisis y actualmente nos disponemos a ser evaluados con ocasión de la cuarta ronda, cuyo objeto es valorar la aplicación de la disposición número 3.9 de la Convención que refiere a la existencia de Órganos de Control. Concretamente, en nuestro caso será analizado el papel que juegan en el combate de la corrupción la Contraloría General de la República, la Fiscalía Adjunta de Probidad, Transparencia y Anticorrupción, la Defensoría de los Habitantes, la Jurisdicción Penal de Hacienda y la Procuraduría de la Ética Pública.

Evaluación. Los próximos 2, 3 y 4 de octubre seremos visitados por representantes de Grenada y República Dominicana quienes, junto con un miembro de la Secretaría Técnica del Departamento de Cooperación Jurídica de la OEA, se avocarán a confrontar mediante una visita in situ el cumplimiento de nuestro país en cuanto a la existencia y funcionamiento de órganos de control para el combate de la corrupción. Sus resultados serán conocidos en el mes de marzo del próximo año, cuando el Comité de Expertos del MESICIC apruebe el informe final para Costa Rica, que contendrá recomendaciones concretas que debemos implementar a efecto de cumplir con los compromisos internacionales que el Estado costarricense ha asumido en materia de combate a la corrupción.

Además de ser esta una oportunidad para informar a una instancia técnica tan importante como lo es el MESICIC, de la labor que Costa Rica lleva a cabo en este campo, es una excelente ocasión para que tanto autoridades del Gobierno como la empresa privada y la sociedad civil en general nos comprometamos a desarrollar acciones concretas para hacer realidad el derecho constitucional de vivir en un ambiente sano, entendido este como un ambiente libre de corrupción.