Alcalde removido por contratar con su hijastro en Goicoechea

Código Municipal prohíbe contratar a familiares del alcalde, auditor y jefes

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El Tribunal Supremo de Elecciones resolvió quitarle las credenciales al alcalde de Goicoechea, Óscar Enrique Figueroa Fieujeam, por contratar a su hijastro como oficinista y misceláneo.

Las supuestas irregularidades ocurrieron durante el primer mandato de Figueroa (2007-2011), quien fue reelegido en diciembre para el período 2011-2016.

Tras la destitución del verdiblanco procede que su lugar lo ocupe la actual vicealcaldesa, Ana Lucía Madrigal Faerrón.

La información fue confirmada ayer por Luis Antonio Sobrado, presidente del Tribunal Supremo de Elecciones (TSE), ante consultas de La Nación.

Según las resoluciones del Tribunal 8184-M-2011 y 253-M-2012, el retiro de las credenciales se sustenta en el artículo 127 del Código Municipal.

“No podrán ser empleados municipales quienes sean cónyuges o parientes, en línea directa o colateral hasta el tercer grado inclusive, de alguno de los concejales, el Alcalde, el Auditor, Directores o Jefes de Personal de las unidades de reclutamiento y selección de personal”, dice la norma.

Según denunció la Contraloría General de la República y luego lo ratificó el TSE, Figueroa Fieujeam firmó varios contratos en favor de su hijastro Rolando Téllez, razón suficiente para el retiro de las credenciales.

Consultado anoche, Óscar Figueroa dijo desconocer el fallo del Tribunal y añadió que se referiría hasta conversar con su abogado.

La primera resolución del Tribunal, que ordenaba la separación de Figueroa fue notificada al alcalde desde diciembre, pero fue impugnada por su abogado, Enrique Rojas Franco.

Entre otras cosas, el abogado alegó que no se podía sancionar y destituir al alcalde por hechos que ocurrieron en una gestión anterior (2007-2011).

Empero, en la respuesta al recurso de reconsideración, el Tribunal aclaró que el artículo 14 del Código Municipal (que autoriza la reelección consecutiva) permite “prolongar las responsabilidades propias del ejercicio del cargo, independientemente de si la falta fue cometida en el período anterior”.

El abogado del alcalde aseguró que su defendido no es responsable de los nombramientos y agregó que el artículo 127 no se aplica para hijastros porque no hay un vínculo de sangre.

Sostuvo que la semana pasada acudió al tribunal contencioso administrativo para que se suspenda el retiro de credenciales de Figueroa. Colaboró Esteban Mata.