Tribunal condena a Repretel a pagarle ¢70 millones a Eugenia Cartín por lesionar su imagen

Sentencia en primera instancia afirma que imitación de traductora en transmisiones de fin de año se hizo sin justificación válida y sin contar con su autorización

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Un tribunal del I Circuito Judicial de San José condenó en primera instancia a la televisora Repretel S.A. a pagarle ¢70 millones a la traductora Eugenia Cartín Barrios por vulnerar y lesionar su imagen al divulgar una imitación suya en sus transmisiones de fin y principio de año del 2017.

El Tribunal Primero Colegiado de ese circuito acogió así parcialmente y en primera instancia el reclamo de Cartín Barrios, de 73 años, presentado en enero del 2018 por ¢500 millones como compensación por daños materiales y morales debido a la imitación presentada en Toros Repretel.

La sentencia N° 2019-000186 precisa que aproximadamente en abril del 2017 se difundió un audio con la voz de la traductora en diferentes redes sociales y eso provocó que ella fuera conocida a nivel nacional.

En las transmisiones de la temporada de toros 2017-2018, Repretel incorporó a su llamada Selección Mayor del Humor a Fabián Murillo, un vecino de Barva (Heredia) quien hizo imitaciones de personas conocidas en el páis; incluida Cartín Barrios.

En aquellas transmisiones, el personaje de Murillo sobre Cartín Barrios hacía una parodia en la cual se encargaba de supervisar e inspeccionar tanto al público del redondel como a los toreros improvisados.

Del archivo:

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En referencia a esa imitación, el Tribunal señala que “es evidente que no es Eugenia Cartín en persona, quién está en las fiestas patronales de San José transmitidas por Repretel, pues la caracterización la hace otro individuo, pero utiliza un nombre GENIA que se asemeja a EUGENIA, utiliza similitud en su forma de vestir, en su forma de peinarse, en sus accesorios, asemeja su tono de voz, asemeja sus frases, su forma de hablar y así lo reconoce el público”.

Los jueces concluyeron que el derecho de imagen de la adulta mayor sí se vio “vulnerado y transgredido al haber la demandada contratado a una persona que realizó un personaje inspirado en la actora como la demandada lo acepta, sin tener una justificación válida para difundir el mismo en las transmisiones de fin de año y sin contar con la autorización” precisa la sentencia.

Las juezas Éricka Robleto Artola, Sirlene Salazar Muñoz y el juez Ricardo Barrantes López añaden que no debe confundirse el interés público con el interés del público que, afirman, fue lo que ocurrió en este caso.

Distinción de jueces

Según los jueces, la situación sí generó jocosidad e interés del público pero eso no implica que sea un verdadero interés público como tal del país.

“Lo que si es de interés público, y por eso noticia, es la divulgación de datos y conversaciones privadas sin autorización, esto si constituye un interés para la sociedad justificándose el interés de los medios de comunicación como los noticieros por ejemplo en el tema y no en sí la forma o lo que habló la actora en el audio difundido, o como lo perciba la ciudadanía , si les causa risa o no”.

Por su parte Rodolfo Alvarado, representante de Cartín, señaló que el derecho a la intimidad y el honor está debidamente tutelado en la Constitución Política y un medio como Repretel no puede violentar y desconocer esa norma.

“No se discute aquí el tema de la Libertad de Expresión sino que aquí se violentó la imagen de doña Eugenia y por tal motivo se debe reparar el daño moral por la creación de dicho personaje. Asimismo estamos en presencia de un adulto mayor cuyos derechos están debidamente integrados en leyes para garantizar una vida digna”, aseguró.

Fernando Contreras, presidente de Repretel, confirmó este lunes la recepción de la sentencia y que ya era objeto de revisión con “detenimiento para analizar las vías legalmente disponibles y tomar decisiones sobre los próximos pasos a seguir”.

Se consultó a Contreras si planeaban apelar el fallo emitido el pasado 15 de marzo.

“No hemos terminado aún de revisar la sentencia y sus alcances. Estamos convencidos de que la empresa actuó a derecho, por lo que pensamos que la demanda debió ser rechazada. Sin embargo, no podemos referirnos al contenido de la resolución hasta tanto no la revisemos detenidamente junto con nuestros asesores legales”, contestó.

Cartín Barrios también mantiene una demanda civil contra la empresa Tigo por la filtración a redes sociales de una conversación que sostuvo con empleados de servicio al cliente de la compañía. En su reclamo presentado en mayo del 2017, Cartín reclama $500.000 por el daño moral y perjuicios ocasionados a su imagen.