Guardacostas descubre ‘sospechoso’ traslado de 1.400 litros de gasolina en una panga en Siquirres

Autoridades judiciales investigan si ocurrió alguna infracción a la Ley 9096, la cual regula la comercialización, el almacenamiento y el transporte de combustible por zonas marinas y ríos

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Agentes del Servicio Nacional de Guardacostas decomisaron 1.400 litros de gasolina que un hombre trasladaba en estañones en una panga en Siquirres, provincia de Limón.

El hallazgo se produjo cerca de las 7 p. m. de este jueves, cuando los oficiales realizaban un patrullaje de rutina en Caño Blanco, al norte de barra del Pacuare.

En este caso, las autoridades investigan si hubo violaciones a la Ley 9096, la cual regula la comercialización, el almacenamiento y el transporte de combustible por zonas marinas y ríos.

Esta legislación específica, en el artículo seis, la prohibición de transportar combustible, en cantidades superiores a las autorizadas por el Instituto Costarricense de Pesca y Acuicultura (Incopesca), por vía acuática, fluvial o marina; independiente del tipo de gasolina o la embarcación utilizada.

Cualquier cantidad superior a la autorizada debe de contar con un permiso especial de la institución.

El jueves por la noche, en la panga solo viajaba un hombre, que portaba una pistola. Empero, como el arma tenía los documentos en regla, no fue decomisada.

Al percatarse de la gran cantidad de combustible, los oficiales reportaron el hecho a la Fiscalía de Siquirres, la cual ordenó retener el combustible y la embarcación y dejar al hombre en libertad.

Por esta razón, la nave fue llevada a la Estación de Guardacostas de Pacuare, mientras que la gasolina quedó bajo custodia en las instalaciones de la Refinadora Costarricense de Petróleo (Recope) de la zona.

El Ministerio de Seguridad Pública, acotó, en un comunicado de prensa, que cerca del lugar donde se interceptó la nave hay una estación de combustible en la cual, al parecer, habría sido adquirido el hidrocarburo.

La ley 9096 establece, en su artículo 12, una multa de cinco salarios base a quien sea encontrado culpable de transportar combustible distinto al utilizado por la embarcación a lo largo de cualquier zona marina.

Este inciso fija la misma multa para quien transporte una cantidad superior a la permitida de carburante del mismo tipo que utiliza la embarcación.

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