La Sala Constitucional consideró que el arresto, el 24 de junio del 2010, de la defensora pública de Siquirres, Lorry Chiny Orozco, fue irracional y excesivo.
Así consta en el voto integral de un recurso de hábeas corpus fallado en agosto del 2010 a favor de la afectada y que fue notificado recientemente.
En la sentencia, los magistrados afirmaron que no se justificaba que a la defensora la esposaran “porque la detenida es una funcionaria judicial, sin antecedentes de violencia física”.
Además, calificaron de “arbitrario, innecesario y desproporcional que el Ministerio Público ordenara la detención de la tutelada (...) sin la existencia de un indicio de comisión de delito y sin denuncia, amparada en un uso abusivo de las potestades legales acordadas a favor del Ministerio Público”.
Según los magistrados, en el caso que se investigaba, “la presentación de la recurrente ante las autoridades judiciales –en caso de existir indicio de comisión de delito– podría haber sido solventada con una simple citación, en aras de resguardar su dignidad y evitar maximizar la situación”.
En el “por tanto” los magistrados condenaron al Estado al pago de costas, daños y perjuicios causados en la detención, pues se comprobó la lesión de los derechos fundamentales.