Un empresario, su hija, un mensajero y un abogado deberán descontar, cada uno, 10 años de prisión luego de que la Sala Tercera de la Corte confirmara que entre los años 2007 y 2010 se dedicaron a la legitimación de capitales provenientes del narcotráfico.
Específicamente, se les culpó de lavar dinero del capo colombiano Silvio Montaño Vergara, extraditado por su país de origen a Estados Unidos, en setiembre del 2010, para que enfrentara seis causas por manufactura, posesión y distribución de narcóticos.
Según resoluciones judiciales, los cuatro sentenciados crearon sociedades anónimas y una fundación, mediante las cuales adquirieron vehículos lujosos, propiedades en diferentes lugares del país, y también establecieron comercios dedicados a la comercialización y reparación de celulares en el centro de San José.
Los imputados en este proceso son el empresario Rigoberto Corrales Sánchez, de 57 años; su hija, Johanna María Corrales Álvarez, de 33; el mensajero Víctor Manuel Fernández Cordero, de 50, y el abogado Jorge Eduardo Bustamante Chaves, de 60. Todos están descontando la pena y, al menos los tres hombres, han permanecido 41 meses y 14 días en prisión preventiva, señala la documentación judicial.
El abogado Mauricio Brenes Loaiza, defensor de Rigoberto Corrales y de Johanna Corrales, dijo que todavía están a la espera de la notificación de la sentencia integral de la Sala de Casación Penal, pues aún tiene la opción de plantear alguna revocatoria, “si encontramos algún defecto en la redacción del voto. Los magistrados podrían revocar lo resuelto; si no, la sentencia quedaría en firme”.
Brenes recalcó que en este caso se dieron situaciones inusuales, pues a sus representados los absolvieron en dos juicios precedentes y fue en el cuarto debate, que concluyó el 16 de noviembre del 2020, cuando se les condenó.
“En la sentencia se incorporaron como prueba intervenciones telefónicas hechas en Colombia. Allá, pueden ser hechas por la Policía, a diferencia de Costa Rica, donde se necesita orden de un juez. Eso en Costa Rica es ilegal y el Tribunal de Apelación de Sentencia Penal de Goicoechea dijo ‘ahí hay una nulidad’, pero mantuvo la sentencia, pues consideraron que los oficiales, por otras formas, se enteraron de la comisión del delito.
“Nosotros discrepamos porque la prueba inicial fueron llamadas telefónicas y esa prueba es nula y, por tanto, cualquier acción posterior es ilegal. Con base en esa interpretación fue que planteamos el recurso de casación, que fue declarado inadmisible el 3 de diciembre, pero por ahora desconocemos por qué los magistrados tomaron esa decisión”, añadió el litigante.
Duro golpe
La captura de los costarricenses condenados por lavado se produjo el 4 de marzo del 2010, cuando fueron allanadas sus viviendas, ubicadas en Belén, San Rafael y San Pablo de Heredia, así como dos negocios, uno en la avenida central y otro en la avenida segunda en San José, y una propiedad en Guacalillo de Tárcoles, en Garabito, Puntarenas.
La acción policial se ejecutó dos meses después de que Silvio Montaño Vergara fuera detenido en Cali, Colombia, para ser extraditado a Estados Unidos.
Tanto el Organismo de Investigación Judicial (OIJ) como el Ministerio Público explicaron que Montaño, miembro del cartel del Valle de Colombia, junto a otros extranjeros, habían conformado una organización que se dedicaba al traslado de cocaína desde Colombia hacia Estados Unidos, para lo cual utilizaban a Costa Rica como uno de los puntos para almacenar la droga.
Señalaron que uno de los cargamentos (2,6 toneladas) fue decomisado el 2 de diciembre del 2008 en la desembocadura del río Jesús María, en Tivives, cantón de Esparza, Puntarenas. La droga la valoraron, en aquel momento, en ¢3.000 millones.
La Policía determinó que, de forma paralela, los narcotraficantes comenzaron a tener dinero ilegal que necesitaban introducir de manera legítima a la economía nacional, para lo cual tuvieron la ayuda de un grupo de costarricenses que facilitaron la creación de 10 sociedades anónimas. Mediante estas, operaron dos ventas de celulares, un café Internet, y se adquirieron 12 propiedades y 16 vehículos.
Citan, por ejemplo, que uno de los implicados que laboraba como mensajero, cuyo salario mensual en el 2008 era de ¢75.000, aparecía como propietario de dos vehículos último modelo, un Toyota Rav4 valorado en $37.000 y un Toyota Land Cruiser Prado de $58.000. En las vigilancias policiales, se supo que esos dos autos fueron utilizados por Montaño y otros socios colombianos. Asimismo, se menciona que otro imputado compró un vehículo Hummer que estaba valorado en $75.000.
En otro punto se hace referencia a que la propiedad en Guacalillo de Tárcoles, que colinda con el río del mismo nombre, fue adquirida por uno de los costarricenses, y que por ella pagó ¢100 millones en tres desembolsos.
La sentencia 698-2020, del Tribunal de Juicio de San José, precisa que cada uno esos pagos fue hecho “en dólares en efectivo, en billetes de 10, 20, 50 y 100 dólares, lo que sorprendió al vendedor porque había proporcionado los datos de la cuenta bancaria para el respectivo depósito”.
Esa propiedad fue utilizada por la Fundación para la Conservación del Medio Ambiente para Aves Exóticas del Litoral Pacífico, conocida como Fundalipa, de la cual formaban parte miembros de la familia Montaño y costarricenses.
Las autoridades hacen ver que esa propiedad estaba muy cerca de donde se dio el decomiso de las 2,6 toneladas de cocaína en el 2008. La finca desapareció durante una llena del río Tárcoles en el 2010, lo cual preocupó al grupo, según se extrajo de las grabaciones telefónicas.
El proceso por este caso fue elevado a juicio en cuatro ocasiones. El primer debate (no fue posible conocer la fecha) se anuló debido a que uno de los miembros del tribunal se enfermó. En el segundo, que concluyó el 18 de julio del 2012, el Tribunal Penal de San José sobreseyó a los acusados y los puso en libertad . Esa resolución fue anulada el 5 de febrero del 2013.
En el tercer contradictorio, que terminó el 26 de agosto del 2015, también se absolvió a los implicados, pero el 10 de julio del 2018 esa decisión fue anulada. La condena la dictó el Tribunal Penal de San José el 16 de noviembre del 2020, momento en que se volvió a detener a los imputados.
Esa sentencia fue avalada por el Tribunal de Apelación de Sentencia Penal de Goicoechea el 29 de junio del 2021, y declarada en firme por la Sala Tercera el pasado 3 de diciembre.