Presidente de la Corte critica concentración de poder en la figura del Fiscal General

Emilia Navas responde que “decisiones y actuaciones, tanto internas como externas, han sido debidamente motivadas, transparentes y gestionadas”

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Fernando Cruz Castro, presidente de la Corte Suprema de Justicia, criticó el miércoles anterior la concentración de poder que tiene la figura del fiscal general, que deriva, en una injustificada verticalidad en la relación del jerarca con todos sus subalternos.

La manifestación la hizo en la presentación de la agenda de la Comisión Nacional para el Mejoramiento de la Administración de la Justicia (Conamaj), actividad que era dedicada al Ministerio Público y donde se encontraba la fiscala general de la República, Emilia Navas Aparicio.

Cruz justificó la reflexión en que era un momento oportuno para hablar sobre el órgano acusador, su independencia institucional y que no se comprometa su actuación autónoma en la investigación y persecución de delitos.

Sin embargo, sus apreciaciones se centraron en el manejo interno del Ministerio Público, en la necesidad de reformas significativas para “atenuar la inconveniente concentración de poder en manos del fiscal general”, así como en la implementación del “principio de participación igualitaria y de idoneidad en la designación de todos los funcionarios”.

Sobre el asunto dijo: "La designación y el ascenso (...) no puede depender de criterios imprecisos, cuya indefinición dificulta la escogencia del que posea los mejores méritos para ser designado o para ascender. El ejercicio del principio de unidad y de jerarquía del fiscal general no justifica que la designación de todos los fiscales, con algunas excepciones, responda a criterios subjetivos e imprecisos”.

Agregó que el sistema actual “presenta serias opacidades, imprecisiones, lo que le abre la puerta a una inconveniente subjetividad que puede convertirse en arbitrariedad (...). Hay que superar las subjetividades y los caudillismos.

"Pero se requiere, además, fortalecer la incidencia de los órganos colegiados al interior de la Fiscalía, porque si bien hay un responsable político de la acción de la Fiscalía, se requiere, como corresponde a una democracia, la consulta y la participación de todos los fiscales en la consulta y discusión de temas que definen la política del órgano de la acusación”.

Asimismo, hizo ver que otro aspecto que debe analizarse es la estructura en materia disciplinaria pues argumentó que “el examen de las potestades del fiscal general en materia disciplinaria a lo mejor refleja, nuevamente, una verticalidad inconveniente en el contexto de un estado democrático de derecho”.

Finalmente dijo que Emilia Navas tiene un gran reto, pues “debe fortalecer y redefinir el órgano acusador. En este cometido requiere el apoyo de la ciudadanía y la participación activa y protagónica de todos los funcionarios del Ministerio Público. El nuevo rostro de la Fiscalía requiere fortalecer la horizontalidad y reducir la verticalidad”.

El discurso de Fernando Cruz fue distribuido el viernes anterior a todos los empleados del Poder Judicial, por medio del correo electrónico interno.

Reacción de la Fiscalía

Este lunes, la fiscala general de la República, Emilia Navas, también mediante el correo interno del Poder Judicial, hizo pública su respuesta a las palabras de Fernando Cruz.

Sobre la independencia del Ministerio Público dijo que se requiere de una amplia discusión de asunto, pero que al margen de “su ubicación, lo importante es que se garantice su independencia funcional con respecto a otros órganos del Estado y los partidos políticos, así como de cualquier tipo de injerencia externa o interna”.

En cuanto a la verticalidad, alegó que no se puede desvincular de la realidad en que se encontraba la Fiscalía General, pues cuando se hizo cargo de la institución se encontraba “sumida en una profunda crisis de credibilidad y legitimidad, que ameritaba la adopción oportuna y necesaria de decisiones a lo interno".

Dichas medidas, agrega, "se tomaron dentro del marco de la legalidad y manteniendo el equilibrio entre los derechos de las personas afectadas y el deber que poseo como jerarca al frente de la institución, y sin ningún atisbo de arbitrariedad (...). Las decisiones y actuaciones, tanto internas como externas, han sido debidamente motivadas, transparentes y gestionadas ante los órganos competentes”.

Emilia Navas, tras ser designada en octubre del 2017 como fiscala general interina y luego como titular del cargo, en sustitución de Jorge Chavarría Guzmán, hizo una serie de cambios internos en el personal de confianza y trasladó a algunos de los fiscales adjuntos.

La fiscala coincidió con Fernando Cruz en la necesidad de que se apruebe el Proyecto de Ley de Carrera Fiscal, actualmente en trámite en la Asamblea Legislativa, pues dijo que ahí se establecen criterios objetivos para el nombramiento y ascenso del personal.

En tanto, añadió que debido a la carencia de esa legislación se recurrió a designaciones mediante concursos o criterios objetivos para “superar las subjetividades y caudillismos tan frecuentes en el pasado. Además, nos permite asegurarnos a personas con idoneidad ética y funcional en la institución”.

Sobre la aplicación del régimen disciplinario, dijo que se trata de una potestad que no es discrecional y se encuentra regida por el principio de legalidad.

"Es una consecuencia propia del régimen laboral: al patrono o al titular del órgano le corresponde (...) velar por el correcto funcionamiento de la administración, así como el cumplimiento del deber de probidad, deber que está por encima de cualquier interés y aspiración personal.

“Es importar acotar que, dada la especial coyuntura por la que atravesó el Ministerio Público, la propia Corte Suprema de Justicia y el Tribunal de la Inspección Judicial se vieron en la obligación de abrir diversas causas disciplinarias ante hechos que se consideraron graves, y que no fueron producto de un ejercicio vertical del poder, cuyos resultados son del conocimiento del país”, afirmó en el comunicado.

Finalmente, expresó que para poder cumplir con sus potestades “la fiscala general o fiscal general deben de establecer instrucciones de acatamiento obligatorio que permitan la unidad de acción e interpretación de las leyes. Este principio no elimina la libertad de actuación del fiscal o la fiscala sobre el caso concreto, en la fase del contradictorio”.