Miembro de la Fuerza Pública aprehendido por abuso de autoridad en Cartago

Detención se efectuó en la sede policial de El Tejar de El Guarco, donde estaba laborando.

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Un policía de la Fuerza Pública apellidado Fallas Méndez, de 35 años, fue arrestado este viernes a las 8:20 a. m. como sospechoso de los delitos de abuso de autoridad y abusos deshonestos.

La detención la efectuaron agentes del Organismo de Investigación Judicial (OIJ) de Cartago, quienes llegaron hasta la delegación policial de El Tejar de El Guarco.

Según el informe preliminar, al oficial se le vincula con dos causas; una ocurrida el lunes 18 de noviembre y la otra el lunes 2 de diciembre del año pasado, en perjuicio de dos individuos de 35 y 40 años, quienes al parecer estaban detenidos.

Aparentemente, los hechos se dieron en la delegación de la Policía Administrativa de El Tejar, en horas de la noche, cuando el sospechoso al parecer estaba de guardia y, aprovechándose de su autoridad, cometió los abusos de autoridad y los abusos deshonestos, indicó la Policía Judicial.

Al momento de la aprehensión, al oficial le decomisaron el teléfono celular. Este viernes fue remitido a la Fiscalía de Cartago para ser indagado.

La Fiscalía indicó que se le tomó la declaración indagatoria al imputado y, tras verificar que cuenta con todos los arraigos procesales (laboral, familiar y domiciliar), no se solicitaron medidas cautelares en su contra.

No obstante, Fallas permanece sujeto al proceso que se sigue en su contra. El caso se investiga dentro de la causa 19-004323-0058-PE.

De acuerdo con el artículo 331 del Código Penal, incurre en abuso de autoridad el funcionario público que “abusando de su cargo, ordenare o cometiere cualquier acto arbitrario en perjuicio de los derechos de alguien”. Se castiga con prisión de tres meses a dos años.

Según el artículo 161 de la misma ley, comete abuso sexual la persona que “de manera abusiva realice actos con fines sexuales contra una persona menor de edad o incapaz o la obligue a realizarlos al agente, a sí misma o a otra persona, siempre que no constituya delito de violación”.

Se castiga con penas de hasta 10 años si la persona ofendida tiene menos de 15 años, o si ocurrió aprovechándose de una relación de confianza.