Hombre condenado a pagar ¢1 millón en insumos médicos por salir cuatro veces a bancos durante cuarentena

Costarricense, vecino de Desamparados, regresó de EE. UU. y tenía prohibido salir. Sin embargo, admitió este jueves que rompió el aislamiento para hacer trámites bancarios

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Un vecino de Desamparados aceptó pagar ¢1 millón en insumos médicos para concluir un proceso penal por el delito de violación de medidas sanitarias, pues durante su cuarentena obligatoria salió en cuatro ocasiones a realizar trámites bancarios.

La sentencia la dictaminó la mañana de este jueves el Juzgado Penal de Desamparados, cuando el imputado, cuyo nombre ni edad se dieron a conocer, aceptó someterse a una medida alterna llamada suspensión del proceso a prueba, que le permitirá evitar un juicio.

El acuerdo al que llegaron el implicado y la Fiscalía Adjunta de Desamparados y avalado por el juzgado, consiste en un plan para comprar mascarillas quirúrgicas de triple capa, alcohol en gel, alcohol líquido y caretas de protección facial, que serán entregados al Área de Salud de Desamparados.

El imputado destinará ¢250.000 para cada tipo de producto, para un total de ¢1 millón y deberá entregar los productos este viernes.

Dichos artículos sanitarios serán utilizados por personal médico de clínicas y Ebáis de Desamparados, dice el acuerdo.

Asimismo, el hombre se comprometió a no cometer un nuevo delito doloso, mantener domicilio fijo y a inscribirse ante la Oficina de Adaptación Social, la cual dará seguimiento por un plazo de dos años sobre las actuaciones del implicado y brindará un informe al Juzgado Penal cada seis meses.

Recuento

La Fiscalía abrió una investigación en contra del acusado, luego de que el 4 de mayo anterior se informara que un costarricense que ingresó al país proveniente de Estados Unidos, no se mantuvo en aislamiento por el plazo de 14 días, tal como se lo ordenó el Ministerio de Salud.

En la audiencia de este jueves, el hombre aceptó que el 6, 7, 8 y 12 de mayo salió de su vivienda y estuvo realizando algunos trámite en sucursales bancarias.

En este caso imputado se libró de enfrentar un juicio por el delito de violación de medidas sanitarias.

Según el artículo 277, del Código Penal, será reprimido “con prisión de uno a tres años, o de cincuenta a doscientos días multa, el que violare las medidas impuestas por la ley o por las autoridades competentes para impedir la introducción o propagación de una epidemia”.

Este caso se tramitó bajo la causa 20-000556-276-PE.

Asimismo, esta persona podría enfrentar una sanción administrativa, pues desde el 4 de abril anterior se reformó el artículo 378 de la Ley General de Salud, que sanciona cualquier violación a una orden o medida sanitaria, o al aislamiento sanitario, con una multa mínima de un salario base de un oficina del Poder Judicial, que actualmente es de ¢450.200.