La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) admitió para estudio una demanda que interpuso el ciudadano ruso Evgeny Konstantinovich Otto por una supuesta violación a sus derechos por parte del Estado costarricense.
La medida la adoptó el pasado 31 de marzo cuando declaró admisible una gestión que fue presentada por familiares de Otto desde el 6 de marzo del 2012, comunicó Marisol Blanchard, secretaria ejecutiva adjunta de la entidad.
Evgeny Konstantinovich Otto es un ciudadano ruso que llegó a Costa Rica por primera vez en diciembre del 2005 y un mes después, el 11 de enero del 2006, presentó una solicitud de refugio ante la Dirección General de Migración y Extranjería, al alegar persecución política y económica por parte de la Federación Rusa.
Desde aquel momento se derivaron una serie procesos administrativos y judiciales que concluyeron el 2 de setiembre del 2015, cuando Otto fue extraditado a Rusia para que lo juzgaran como sospechoso del delito de estafa. Allá fue condenado a cuatro años de prisión y luego de cumplir la pena regresó a nuestro país.
Marco Badilla, abogado de Otto, dijo que la notificación de la admisión de la demanda la recibieron esta semana, al tiempo que consideró la resolución como muy positiva para los intereses de su defendido.
“El estado costarricense tendrá que enfrentar esta denuncia. Don Evgeny espera llegar hasta las últimas consecuencias en esta situación”, añadió Badilla.
El litigante agregó que su representado también está procurando que Migración le conceda la residencia en nuestro país, por ser esposo de una mujer de nacionalidad costarricense.
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Puntos que examinarán
Según la resolución de la CIDH, los hechos que serán sometidos a examen están relacionados a si el país respetó el debido proceso en los procedimientos administrativo y judicial, tendientes a determinar si concedían la condición de refugiado de Otto.
“Es específicamente relevante la demora de tres años en la resolución del recurso contencioso-administrativo mientras el señor Otto estaba detenido, resolución que solo tuvo lugar cuando la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia así lo ordenó en una sentencia de habeas corpus”, señala el fallo de la Comisión.
Así mismo, consideraron que amerita un estudio profundo para determinar si las autoridades costarricenses examinaron de conformidad con los estándares jurídicos interamericanos las reiteradas quejas de Otto, en el sentido de que si era extraditado a Rusia, su vida e integridad personal corrían riesgo.
Otro tema que se analizará es el largo período en que este ciudadano ruso estuvo en prisión preventiva.
Sobre ese tema la CIDH dijo: ”El señor Otto fue sujeto a una privación prolongada de la libertad en Costa Rica en estatus de prisión preventiva, hasta el punto de que, como lo ha reportado el Estado, dicha prisión preventiva bastó para dar por cumplida la mayor parte de la pena que le fue impuesta por el delito que se le imputó en Rusia. También implicó posiblemente una afectación de su salud y otros derechos humanos suyos y de su familia”.
Finalmente, hacen ver que cuando se ordenó la extradición de Otto, todavía estaba pendiente de resolverse un habeas corpus ante la Sala Constitucional.
“La extradición se materializó el 2 de septiembre de 2015, a pesar de que se había interpuesto un recurso de revisión el 31 de agosto de 2015, y éste no había sido resuelto, y la Sala Constitucional de la Corte Suprema, al resolver el noveno habeas corpus presentado por Otto, había ordenado al Gobierno suspender la ejecución de la extradición, decisión que no se alcanzó a notificar a las autoridades competentes antes de que Otto saliera de Costa Rica.
“Estas ocurrencias podrían haber incidido sobre el disfrute de distintos derechos humanos protegidos en la Convención Americana, incluyendo las garantías judiciales y el derecho a la protección judicial”, añadió el documento.
El Gobierno de Costa Rica, en los alegatos iniciales que presentó a la CIDH para que la demanda no fuera admitida, manifestó que la queja se había presentado sin que en el país se hubieran agotado todos los procesos internos y que no estaban definidas, claramente, cuáles fueron las violaciones a la Convención Americana.
Aunque estas observaciones fueron recibidas, no variaron el criterio de la CIDH.
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Vida judicial
Evgeny Otto ingresó a Costa Rica en diciembre del 2005 y tras alegar persecución política y económica por parte de la Federación Rusa solicitó refugio. No obstante, en febrero del 2007 le denegaron la gestión, por lo que, en enero del 2008, insistió con una nueva petición.
Empero, la diligencia enfrentó trabas legales, las cuales derivaron en una demanda en el 2011, en lo contencioso-administrativo, contra las autoridades de Migración.
En ese mismo periodo, la Embajada rusa inició aquí el proceso para extraditarlo, por lo que el extranjero fue detenido el 7 de mayo del 2010. Rusia lo requería por el delito de estafa agravada por malversación de activos de empresas en las que era gerente.
Otto quedó en libertad el 14 de mayo del 2010, pero lo recapturaron el 11 de noviembre del 2011, luego de que el Tribunal Penal de Hatillo declarara firme la extradición.
Mientras tanto, la demanda contra Migración que fue planteada en el área contenciosa, fue declarada sin lugar en noviembre del 2014. Hay que mencionar que durante la tramitación de ese proceso, la Sala Constitucional había condenado a dicho despacho judicial por el retraso en resolver.
En enero del 2015, el ruso presentó un recurso de casación exponiendo que hubo indebida valoración de la prueba, contradicciones en los hechos y violación a la normativa internacional. Sin embargo, también lo declararon sin lugar en junio de ese mismo año.
Al final, Evgeny Konstantinovich Otto fue extraditado la tarde del 2 de setiembre del 2015 pese a que tenía un recurso de casación pendiente de resolver en la Sala Primera.