
La empresa Laurel del Sur S. A., vinculada al abogado y extraditable Carlos Manuel Solórzano Campos, alias Chanchita, solicitó a la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) terminar de manera anticipada un millonario contrato de traslado de pacientes en la zona sur del país, al alegar que una orden judicial le impide continuar prestando el servicio.
El 17 de abril pasado, las 21 ambulancias inscritas a nombre de esta firma en el Registro Nacional fueron inmovilizadas por el Instituto Costarricense sobre Drogas (ICD) por una causa penal que se tramita en el expediente N.° 26-000028-1322-PE, según constató La Nación.
Un día después de esas inmovilizaciones y, al menos, hasta el 26 de aquel mes, la compañía habría incumplido con el traslado de 76 pacientes del Hospital Manuel Mora Valverde, en Golfito.
Así consta en advertencias que la CCSS envió a Laurel del Sur y que aparecen en el expediente de la contratación (N.° 2022LA-000031-0001102702), en el Sistema Integrado de Compras Públicas (Sicop).
Este acuerdo contractual, concebido para el traslado de personas de escasos recursos que vivían en zonas de difícil acceso o a largas distancias del Hospital Manuel Mora, se suscribió en febrero del 2023. En principio, era por 12 meses, pero se prorrogó en abril del 2024 y luego en marzo del 2025.
Durante ese periodo, se contabilizaron 38 facturas que, en conjunto, suman ¢1.038 millones en favor de la empresa.
El último giro de dinero tiene fecha del 18 de marzo y fue por ¢26 millones. El pago se ejecutó ocho días antes de la detención de Solórzano con fines de extradición a Texas, en Estados Unidos, por presunto narcotráfico.
Según dio a conocer La Nación en marzo de este año, esta empresa, cuya junta directiva está integrada por familiares directos del notario y en la que él figura como representante legal en el Sicop, ha recibido ¢1.338 millones de la CCSS a través de cuatro contratos para el traslado de pacientes.
Uno de estos directivos es el que pide finalizar la relación contractual sin ninguna responsabilidad. La empresa argumentó que el cumplimiento del contrato se volvió “material y jurídicamente imposible”.
Insistió en que, ante una eventual calificación errónea de incumplimiento o imposición de sanciones, tomará las acciones administrativas y judiciales necesarias. Entre ellas, citó la impugnación de actos ilegales y el reclamo por eventuales daños y perjuicios.
Pablo Gómez, director del Hospital Manuel Mora Valverde, confirmó a este diario, por medio de un correo electrónico, que la Caja analiza poner fin a ese contrato por incumplimiento.

Presuntos incumplimientos
El 20 de abril anterior, mediante un oficio dirigido a la empresa, la coordinadora del Servicio de Transportes del Hospital Manuel Mora, Yennifer Calvo Rojas, pidió por primera vez explicaciones por un aparente incumplimiento del contrato.
En el documento, disponible en Sicop, la funcionaria detalló que, entre el 18 y el 20 de abril, la compañía no les brindó servicios a ocho pacientes a pesar de que se había acordado previamente que lo haría.
Calvo pidió conocer el motivo de las omisiones y solicitó a la firma adoptar las medidas necesarias para garantizar los traslados.
Posteriormente, el 21 de abril, remitió a la empresa una nueva solicitud, pues dos pacientes más no habían recibido el servicio de transporte que necesitaban. Un día más tarde envió un nuevo oficio por otro incumplimiento relacionado con el traslado de otros dos pacientes.
Por último, el 12 de mayo pasado, la CCSS remitió a la empresa una nueva advertencia. La misma funcionaria reiteró la necesidad de una explicación por incumplir con el traslado de 64 pacientes entre el 21 y el 26 de abril.
Aunque no se registran respuestas por parte de la empresa en este expediente, sí aparece una contestación sobre los aparentes incumplimientos en otro contrato.
Se trata del N.° 2025LE-000012-0001102704, que se firmó el 6 de enero del 2026 y tiene vigencia desde el 1.° de marzo de este año y hasta el 28 de febrero del 2027.
Ese acuerdo fue para trasladar en ambulancia a pacientes del Hospital de Ciudad Neily, dentro del territorio nacional, por vía terrestre.
El presupuesto previsto fue de ¢228 millones y, aunque a la fecha no hay facturas tramitadas en ese expediente, sí se registran cuatro omisiones en el servicio de traslado.
Imposibilidad de cumplimiento
El 22 de abril, la empresa confirmó en este segundo expediente, mediante su actual representante legal y esposa del extraditable, Rosa Ana López Abarca, que la ejecución del contrato 2022LA-000031-0001102702 resultaba imposible, pues la orden judicial que inmoviliza las ambulancias es de acatamiento obligatorio e inmediato.
La firma explicó que la situación “escapa por completo al control de esta contratista” y aseguró que se trata de un supuesto de fuerza mayor. Es por este motivo que solicitó declarar la terminación anticipada del contrato sin responsabilidad para la empresa.
“Bajo los principios generales del derecho, nadie está obligado a lo imposible, y menos aún cuando media una orden judicial de cumplimiento imperativo”, dice la justificación.
La firma añadió que no existe dolo, negligencia o voluntad de incumplir, y que cualquier intento de atribuir responsabilidad violentaría el principio de legalidad, transgrediría la proporcionalidad y quebrantaría el equilibrio contractual.
A juicio de la empresa, resulta jurídicamente improcedente calificar los hechos como incumplimientos o sostener cualquier procedimiento sancionatorio.
Este diario pidió a la compañía una explicación sobre los aparentes incumplimientos en la contratación 2025LE-000012-0001102704 y la posibilidad de una ruptura anticipada de ese contrato, pues en la plataforma estatal, la empresa solo se refiere a la imposibilidad de ofrecer los servicios acordados en el expediente 2022LA-000031-0001102702.
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