13/10/09. Hora 3.35pm. El Tribunal de Juicio de Pavas conden a 193 aos de prisin a Juan Carlos Mena Jimnez y 179 aos de crcel a Christian Mora Cantillano, al encontrarlos responsables del ataque que sufrieron tres empleadas del casino White House en Escaz. Para los jueces, Mena y Mora fueron los autores de los delitos de homicidio calificado, violacin, tentativa de homicidio, privacin de libertad y robo agravado. Pese a lo alto de la pena, los condenados solo pasaran en prisin 50 aos, porque as lo establece la legislacin costarricense. Los hechos fueron cometidos la madrugada del 28 de agosto del 2008, en perjuicio de Yerlin Marn Salazar, quien falleci, su hermana Arelis, y su compaera de trabajo Angie Peraza. El Tribunal que dict la sentencia estuvo integrado por Kattia Jimnez Fernndez, quien presidi, Gabriela Rodrguez Morales y Ana Patricia Mora Arias. El Ministerio Pblico haba solicitado 230 aos de prisin contra Mena y 236 aos contra Mora. La defensora de los acusados, Miriam Bedoya, argument que los delitos no fueron demostrados en el debate. Texto Otto Vargas. Fotos Carlos Len/LN. (CARLOS LEON LEON LA NACION)
La Corte Plena impuso ayer, por mayoría, un mes de suspensión sin goce de salario a la jueza penal Kathia Jiménez Fernández por conceder el beneficio de casa por cárcel a dos reos mexicanos, investigados por narcotráfico.
La decisión, avalada por 10 de 19 magistrados, se tomó tras discutir un informe del magistrado Carlos Chinchilla Sandí, quien concluyó que la falta que cometió la jueza “fue gravísima”.
Chinchilla sugirió separarla del cargo; sin embargo, esa solicitud no fue respaldada por sus compañeros.
La investigación la abrió, de oficio, la Inspección Judicial después de que en mayo la jueza –como Tribunal Penal de Pavas, San José– otorgó el beneficio del arresto domiciliario a dos supuestos narcos mexicanos, de apellidos Mendoza y Martínez, implicados con una avioneta que el 10 de octubre del 2010 se estrelló con 177 kilos de coca en el río Torres.
Esta prevé que en casos de errores graves e injustificados en la Administración de Justicia, el Tribunal de la Inspección Judicial deberá poner el hecho en conocimiento de la Corte Plena, para que, una vez hecha la investigación, se resuelva sobre la permanencia, suspensión o separación del funcionario.
El magistrado Carlos Chinchilla, en su informe del caso, consideró que la decisión de otorgar casa por cárcel carecía de fundamentación “clara y precisa”, informó la oficina de prensa de la Corte.
Asimismo, dijo que dar ese beneficio no tenía sustento en el expediente, pues los imputados no tenían arraigo en Costa Rica.
Los sospechosos fueron detenidos cuando intentaban cruzar la frontera hacia Nicaragua, por un lugar no autorizado, con $124.000. Al indagárseles, dijeron que tenían domicilio en México.
“Consideramos que la valoración de las resoluciones se hacen en el mismo proceso en que se está conociendo el caso. Si alguna de la partes no está conforme con lo que el juez resuelve, tiene la posibilidad de revisión en ese proceso, pero no puede un órgano disciplinario entrar a conocer un criterio jurídico emitido por un juez”, manifestó.
En su opinión, “el criterio de la Corte Plena también es jurídico pues se está valorando otro criterio jurídico”. Agregó que eso no corresponde a la garantía de independencia que debe tener un juez y que por esa razón interpusieron una acción de inconstitucionalidad en la Sala IV contra el artículo 199 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.